MediasetĀ dispone de un plazo de dos meses para interponer un recurso contenciosoadministrativo ante la Audiencia Nacional.
La Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC) ha multado con 170.335 euros a Mediaset por la emisión de publicidad encubierta en los programas de Telecinco «SÔlvame limón» y «SÔlvame naranja».
La CNMC explica hoy en un comunicado que el grupo de comunicación vulneró la Ley General de Comunicación Audiovisual, que prohĆbe la comunicación comercial encubierta y la que utilice tĆ©cnicas subliminales, al emitir en los programas citados el 8 de noviembre de 2017 publicidad encubierta de la revista Lecturas.
«Se presentó la revista con finalidad publicitaria y promocional, con incitación directa a la compra de la misma, no sólo visualmente sino por continuas referencias verbales al producto promocionado. AdemÔs, la presencia y exhibición de la portada y del logo de la revista fue constante y destacada, de manera innecesaria a efectos puramente informativos», detalla Competencia.
La CNMC sostiene que ese hecho Ā«puede inducir a error a los telespectadores, pues a la vez que se informa o se debate sobre la noticia publicada en portada ese mismo dĆa por la revista, tambiĆ©n tiene lugar una promoción de la mismaĀ».
MediasetĀ dispone de un plazo de dos meses para interponer un recurso contenciosoadministrativo ante la Audiencia Nacional.
La CNMC informa ademĆ”s de que ha iniciado dos expedientes sancionadores relacionados con Ā«SĆ”lvame naranjaĀ» por la emisión de escenas con Ā«contenido inapropiado para el horario de protección reforzadoĀ» en distintos dĆas de enero y febrero.