El Parlament también ha recurrido al TC la aprobación del 155, al entender que vulneró el principio de autonomía y de participación política y se aplicó de forma “desproporcionada” ante una “mera declaración retórica” de Puigdemont.
El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad que presentó En Comú Podem contra la aplicación del artículo 155 en Cataluña y las medidas subsiguientes, como la disolución del Govern.
La admisión a trámite no anticipa nada sobre cuál será la decisión del alto tribunal sobre el fondo del asunto, sino que únicamente implica que los argumentos de En Comú Podem en contra del acuerdo del Senado para aplicar el artículo 155 en Cataluña serán estudiados.
De hecho, la admisión a trámite de un recurso de este tipo es prácticamente automática para el alto tribunal, que solo podría advertir en contra de dicha decisión defectos de forma que, por otra parte, serían subsanables de inmediato.
El tribunal ha acordado dar traslado de la demanda al Congreso de los Diputados, al Senado y al Gobierno, que disponen de un plazo de quince días para personarse en el procedimiento y formular alegaciones, y también al Govern de la Generalitat y al Parlamento de Cataluña.
Como ha venido haciendo, en la medida en que es el Ejecutivo central el que ocupa actualmente las funciones de la Generalitat, el TC suspende por ahora la tramitación del recurso, para evitar la confusión de que fuera el propio Ejecutivo de Mariano Rajoy el que alegara en su contra -aunque fuera en su papel de ocupante de la Generalitat-.
Así, en la práctica, se da la paradoja de que no se puede resolver sobre la validez de la aplicación del 155 en tanto en cuanto siga en vigor dicha aplicación.
En Comú Podem presentó su recurso, el pasado 4 de diciembre, «por dignidad democrática», al considerar que la medida sobrepasó las previsiones de la Constitución, que -según su criterio- no permite ni la disolución del Govern, ni la convocatoria de elecciones.
El recurso, elaborado por el catedrático de Derecho Constitucional Joan Vintró, uno de los expertos nombrados por el Gobierno de Carles Puigdemont para supervisar el recuento del referéndum ilegal, solicita la nulidad del acuerdo del Senado que aprobó la aplicación del 155 y las medidas que se derivaron del mismo.
El Parlament recurrió ayer al Tribunal Constitucional la aprobación del 155, al entender que vulneró el principio de autonomía y de participación política y se aplicó de forma “desproporcionada” ante una “mera declaración retórica” del expresidente catalán Carles Puigdemont.
El recurso de inconstitucionalidad argumenta que las medidas del 155 supusieron una suspensión “de facto” de la autonomía catalana y, con la disolución del Parlament, acarrearon un “control político de conveniencia”, situando a la cámara catalana “en una posición de subordinación jerárquica” respecto al Gobierno del Estado.
En ese sentido, el recurso apunta a que el Ejecutivo central debió advertir a Puigdemont de que disolvería directamente la cámara si desatendía sus requerimientos, con lo que el expresidente catalán podría haberlo hecho “por iniciativa propia, evitando la injerencia de una autoridad ajena al sistema institucional catalán, dando lugar a la desactivación del artículo 155” de la Constitución.
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