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No se vulneró su derecho de participación política

El Constitucional rechaza el recurso de Junqueras contra la decisión que le privó de su escaño en las europeas de 2019

El presidente de ERC, Oriol Junqueras
El presidente de ERC, Oriol Junqueras

El Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado por unanimidad el recurso de amparo interpuesto por Oriol Junqueras contra la sentencia del Tribunal Supremo que ratificó la pérdida de su escaño de diputado en el Parlamento Europeo tras ser condenado en la sentencia del golpe del 1 de octubre.

La decisión que adoptó en su momento la Junta Electoral Central se basaba en la aplicación sobrevenida de la causa de inelegibilidad prevista en la Ley Orgánica de Régimen Electoral al haber sido condenado por sentencia firme a 13 años de prisión e inhabilitación.

La sentencia del Pleno, de la que ha sido ponente el magistrado Ricardo Enríquez, considera que no se vulneró su derecho a la tutela judicial efectiva por el hecho de que la sentencia del Supremo impugnada reconociera la legitimación pasiva al PP y a VOX. Ambas formaciones políticas tenían interés legítimo en defender ante la Sala los acuerdos de la Junta Electoral Central, adoptados a raíz de una denuncia presentada por ellos ante este organismo.

El Pleno también rechaza que se vulnerara su derecho de participación política y niega que la Sala Tercera del Supremo tuviera que plantear cuestión prejudicial alguna ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea antes de dictar sentencia.

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