La entrada en vigor de la conocida Ley de Bienestar Animal aprobada por el Gobierno recogerá una norma que obligará a poner microchips a los gatos dentro de un plazo determinado, además de exigir su esterilización antes de cumplir los seis meses de vida. Esta nueva exigencia, incluida en la Ley 7/2023, de 28 de marzo, marca un antes y un después en las obligaciones legales de los propietarios de animales domésticos, especialmente en lo que se refiere a felinos, hurones y canes.
Hasta ahora, la identificación mediante microchip era obligatoria para los perros, pero con la entrada en vigor de esta ley, los gatos también deberán estar registrados oficialmente, al igual que ocurre con otras especies consideradas animales de compañía. La medida, según afirman, busca evitar el abandono, mejorar el control poblacional y reforzar la trazabilidad de los animales, especialmente en casos de extravío, adopción o fallecimiento.
La legislación también se extiende al caso de los gatos comunitarios, es decir, aquellos que viven en colonias controladas, muchas veces en espacios urbanos y con el apoyo de voluntarios autorizados. Según el artículo 38, estos animales deberán ser esterilizados quirúrgicamente y estar identificados con microchip a nombre del ayuntamiento correspondiente, lo que supone la implicación directa de los municipios en su gestión y supervisión.
Además, el texto legal establece que, en caso de muerte del animal, los propietarios o cuidadores están obligados a notificarlo a la administración, aportando tanto el número de identificación del animal como los datos del responsable legal. Esta comunicación debe ir acompañada de un justificante que acredite que el cuerpo fue incinerado o enterrado a través de una empresa autorizada para esa finalidad.
El artículo 26 detalla estas obligaciones específicas para quienes conviven con animales domésticos, mientras que el artículo 74 clasifica como infracción grave la falta de cumplimiento de la identificación obligatoria. No atender a estas disposiciones puede acarrear sanciones económicas importantes: el régimen sancionador, recogido en el artículo 76, contempla multas que oscilan entre los 10.000 y los 50.000 euros para las infracciones más severas.