
El magistrado del Supremo Leopoldo Puente ha decidido trasladar a la Audiencia Nacional el informe de la UCO fechado el 8 de octubre, junto con la documentación aportada por el PSOE sobre supuestos pagos en efectivo a José Luis Ábalos y Koldo García Izaguirre, así como las declaraciones del exgerente y una empleada del partido. El juez, que instruye la pieza del conocido como caso Koldo, observa indicios de posibles delitos de financiación ilegal y blanqueo de capitales. En su resolución adelantada por El Confidencial, el magistrado advierte de que los movimientos de dinero detectados en la sede socialista de la calle Ferraz «plantean incógnitas que deben ser despejadas mediante una investigación exhaustiva».
Según Puente, es preciso determinar si los fondos utilizados para abonar esos importes provenían de actividades ilícitas y si las supuestas devoluciones de gastos servían para «blanquear su procedencia». El juez subraya que el informe de la Guardia Civil describe conversaciones y documentos que apuntan a pagos en metálico a Ábalos o a su exasesor Koldo García, sin que estos consten en la información económica entregada por el PSOE.
Ni el exministro ni su antiguo colaborador ofrecieron aclaraciones al respecto en sus comparecencias de este mes ante el Supremo, ya que ambos se acogieron a su derecho a no declarar. Esa falta de explicaciones llevó al juez a citar al exdirector gerente del partido y a una trabajadora de su Secretaría de Organización, con el objetivo de que aclararan el origen y la justificación de los movimientos de dinero. Sin embargo, tras sus testimonios, las dudas no sólo no se disiparon, sino que se ampliaron.
El auto judicial detalla que no se ha podido identificar con precisión quién gestionaba las compensaciones en metálico, ni se ha verificado si la persona que reclamaba la devolución de un gasto era la misma que lo había efectuado. Tampoco se ha explicado de manera convincente de dónde procedía el efectivo con el que el partido realizaba los pagos dentro de su sede. «No consta si el dinero provenía de una caja ordinaria o si se trataba de fondos de otra naturaleza», apunta Puente.
El juez añade que tampoco se ha podido acreditar si los desembolsos originales se efectuaron en efectivo o mediante transferencias, lo que deja abierta la posibilidad de que se usaran fondos de origen delictivo. En ese caso, las devoluciones en metálico podrían haber servido como un mecanismo de lavado de dinero, especialmente si las compensaciones se tramitaban a través de intermediarios que actuaban por terceros.
Otra de las cuestiones que el magistrado ordena esclarecer es por qué el PSOE optó por manejar sumas tan elevadas en efectivo en lugar de realizar los pagos mediante transferencias bancarias. Según recuerda, el propio gerente reconoció que la caja del partido se nutría de dinero destinado a reembolsar gastos a miembros de la Secretaría de Organización, quienes ya percibían su salario por vía bancaria. «Resulta difícil de entender que, para esas devoluciones, se contratara una empresa de seguridad encargada de trasladar grandes cantidades desde las cuentas del partido hasta su caja física, generando costes innecesarios», señala Puente.