El juez de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, José Luis Castro, ha puesto el foco en la actuación del Gobierno vasco tras revocar la semilibertad concedida a la exjefa de ETA Soledad Iparraguirre, «Anboto«, y al etarra Juan Ramón Carasatorre. En sendos autos, el magistrado cuestiona de forma directa el uso del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario por parte del Ejecutivo autonómico para facilitar la salida de prisión de miembros de la banda.
Las resoluciones suponen un golpe a la estrategia del Gobierno vasco, que ha aplicado este mecanismo para flexibilizar el régimen de cumplimiento de condena de cerca de medio centenar de etarras. Castro advierte de que esta práctica ha derivado en «excarcelaciones anticipadas» que no benefician ni a las víctimas ni a la sociedad, y que además se alejan de los criterios legales de reinserción.
El juez apunta a un uso irregular del artículo 100.2, convertido en una vía para acelerar la semilibertad sin seguir los procedimientos ordinarios. En el caso de Anboto, subraya que accedió a este régimen sin haber disfrutado previamente de permisos penitenciarios, lo que impide evaluar su evolución. También pone en duda la validez de la carta remitida por la etarra, redactada justo antes de la concesión del beneficio, en la que expresa «pesar» pero no un arrepentimiento explícito.
La actuación del Gobierno vasco resulta aún más controvertida en el caso de Carasatorre, uno de los asesinos del concejal del PP Gregorio Ordóñez en 1995. Castro destaca que la decisión de concederle la semilibertad carecía de un plan de ejecución y se adoptó sin el respaldo de la Junta de Tratamiento de la prisión, que se había opuesto. Según el magistrado, la medida fue impulsada directamente desde instancias administrativas, al margen de los órganos técnicos.
En este sentido, el juez advierte de una tendencia creciente: la intervención de los centros directivos dependientes del Gobierno vasco en decisiones que corresponden a las Juntas de Tratamiento. «No resulta admisible» que estos órganos administrativos sustituyan funciones competenciales propias, señala, alertando incluso de la posible nulidad de las resoluciones adoptadas bajo este esquema.
Las consecuencias de los autos son inmediatas. Anboto y Carasatorre regresarán al régimen cerrado y dejarán de salir diariamente de prisión. Ambos volverán a convivir con otros históricos de ETA en módulos comunes, en centros donde, según el propio juez, la aplicación del reglamento penitenciario no siempre se ajusta estrictamente a la norma.
Castro va más allá y plantea la necesidad de una reforma legal que limite el margen de actuación del Gobierno vasco. Propone que las decisiones de semilibertad no sean ejecutivas hasta contar con el aval judicial, lo que supondría un cambio sustancial en el actual sistema y frenaría la capacidad del Ejecutivo autonómico para anticipar la salida de los presos de la banda.