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Asaja considera que la sentencia supone un importante alivio para el sector

El sector del campo gana al Gobierno en el Supremo: hasta 800.000 agricultores y ganaderos podrán reclamar pagos que Hacienda había prohibido

Agricultores en el campo. Redes sociales

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia favorable para el mundo del campo que corrige el criterio aplicado hasta ahora por la Agencia Tributaria y supone un respaldo directo para cerca de 800.000 agricultores, ganaderos y pescadores. La resolución adelantada por El Debate establece que las compensaciones del IVA que perciben estos profesionales no deben considerarse ingresos a efectos fiscales.

El alto tribunal entiende que incluir esas cantidades en el cálculo de los ingresos alteraba de forma artificial la rentabilidad real de las explotaciones. Según su argumentación, ese enfoque terminaba empujando a numerosos profesionales fuera del régimen simplificado de módulos hacia sistemas de tributación más complejos y costosos.

La decisión judicial contradice el posicionamiento que había mantenido hasta ahora el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), que avalaba la práctica de computar estas compensaciones dentro del volumen total de ingresos. Para el Supremo, esa interpretación distorsionaba el funcionamiento del sistema.

A raíz del fallo, los agricultores, ganaderos y pescadores que se vieron obligados a abandonar el régimen de estimación objetiva o que tributaron más de lo debido con el criterio anterior podrán reclamar. En concreto, podrán solicitar la devolución de ingresos indebidos correspondientes a ejercicios que todavía no hayan prescrito.

La organización agraria Asaja considera que la sentencia supone un importante alivio para el sector y ha pedido al Ministerio de Hacienda que facilite el proceso de regularización. La entidad reclama que se habilite un procedimiento automático y sencillo que permita presentar declaraciones paralelas y revisar las liquidaciones ya realizadas.

Con este mecanismo, los profesionales del campo podrían recuperar las cantidades abonadas de más durante los cuatro ejercicios anteriores a 2025, siempre que las reclamaciones no hayan superado el plazo legal de prescripción.

Además, la organización pide que se tenga en cuenta la situación de quienes fueron expulsados del régimen de módulos al superar el límite de facturación de 250.000 euros debido precisamente a la inclusión de estas compensaciones. En algunos casos, según denuncian, esa situación derivó incluso en sanciones económicas de gran cuantía.

Por ello, Asaja reclama que se permita regresar al régimen de estimación objetiva a aquellos agricultores y ganaderos que, a su juicio, fueron excluidos de forma indebida, y que se revisen las sanciones impuestas en su momento.

En su resolución, el Tribunal Supremo recuerda que el objetivo del sistema de módulos es simplificar las obligaciones fiscales de los pequeños negocios. Asimismo, destaca que la propia Ley del IVA ya contempla que estas compensaciones no formen parte del cómputo de ingresos.

El tribunal también señala que las órdenes ministeriales que regulan los módulos para los años 2025 y 2026 ya incorporan este mismo criterio, una modificación destinada precisamente a evitar nuevas controversias en el futuro y a aportar mayor seguridad jurídica al sector agrario.

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