En relación con la noticia titulada «El Gobierno de Sánchez pagó 6,6 millones por vehículos para Marruecos a una empresa del antiguo grupo del director de la Policía», publicada el 7 de septiembre de 2026, y en ejercicio del derecho regulado en la Ley Orgánica 2/1984, se procede a publicar los términos de la rectificación de hechos facilitada por el representante legal de TECHNOLOGY AND SECURITY DEVELOPMENTS, S.L. (TSD):
I. DESVINCULACIÓN DE TSD RESPECTO DE TECNOVE DESDE EL AÑO 2005
TSD se encuentra societaria, empresarial y orgánicamente desvinculada de TECNOVE, S.L. y de las sociedades pertenecientes a su grupo desde el año 2005.
Esta circunstancia no constituye una valoración ni una interpretación de nuestra representada, sino un hecho susceptible de acreditación documental.
En particular, TSD dispone de escritura de compraventa correspondiente al año 2005, así como de escrituras de ampliación de capital posteriores y actas públicas de titularidad real, de los que resulta que ya en dicha fecha el único titular real de la sociedad era una persona completamente ajena al accionariado, control y estructura societaria de TECNOVE, S.L. y de las sociedades de su grupo, lo que fácilmente es demostrable mediante consulta pública al Registro Mercantil.
Desde entonces, no existe vinculación de control, dependencia societaria ni dirección común entre TSD, o cualquiera de las sociedades pertenecientes a su grupo, y TECNOVE, S.L. o las sociedades de su grupo empresarial.
Por consiguiente, es incorrecta la afirmación contenida en la publicación de LA GACETA según la cual la vinculación societaria de TSD con TECNOVE, S.L. o TECNOVE FIBERGLASS, S.L. se habría prolongado hasta febrero de 2017.
II. INEXISTENCIA DE VINCULACIÓN ENTRE TSD Y D. FRANCISCO JOSÉ PARDO PIQUERAS
D. Francisco José Pardo Piqueras nunca ha sido administrador, apoderado, representante, directivo ni ha ostentado cargo alguno en TSD ni en ninguna de las sociedades pertenecientes a su grupo empresarial.
Las relaciones mercantiles y profesionales de D. Francisco José Pardo Piqueras mencionadas en la información publicada corresponden a TECNOVE, S.L., sociedad distinta e independiente de TSD.
Más importante aún, dicha vinculación con TECNOVE es posterior a la completa desvinculación de TSD respecto de dicha sociedad producida en 2005.
En consecuencia, no existió coincidencia temporal alguna entre la pertenencia histórica de TSD al entorno societario de TECNOVE y la vinculación profesional o mercantil posterior de D. Francisco José Pardo Piqueras con TECNOVE, S.L.
Por ello, resulta objetivamente inexacto presentar a TSD como una empresa perteneciente al «antiguo grupo del director de la Policía» o establecer una conexión entre los contratos adjudicados a TSD y las funciones o poderes que posteriormente pudiera haber desempeñado D. Francisco José Pardo Piqueras en TECNOVE, S.L.
III. LOS HECHOS RELATIVOS AL DELITO DE COHECHO SON POSTERIORES A LA DESVINCULACIÓN DE TSD
La información publicada incorpora asimismo referencias a la condena por un delito de cohecho relacionada con el presidente de TECNOVE, S.L., estableciendo una continuidad narrativa entre dichos hechos y TSD.
Los hechos que dieron lugar a dicha condena se produjeron en el año 2013, cuando TSD llevaba aproximadamente ocho años completamente desvinculada de TECNOVE, S.L.
TSD, sus socios, administradores y dirección no tuvieron participación, conocimiento ni vinculación alguna con dichos hechos.
La conexión narrativa que establece la publicación entre TSD y acontecimientos delictivos protagonizados por personas vinculadas a otra compañía, y acaecidos después de la desvinculación de ambas sociedades, genera una asociación reputacional que carece de soporte societario o empresarial alguno.
IV. INEXISTENCIA DE VINCULACIÓN CON CARBRIMO, S.L.1 Y CON EL DOMICILIO DE LA CALLE JOAQUÍN BAU
Asimismo, debe aclararse que:
- TSD no pertenece ni ha pertenecido a CARBRIMO, S.L.;
- ninguna sociedad perteneciente al grupo empresarial de TSD pertenece ni ha pertenecido a CABRIMO, S.L.; y
- ni TSD ni ninguna de las sociedades pertenecientes a su grupo empresarial han tenido jamás su domicilio social en la calle Joaquín Bau de Madrid.
Las relaciones accionariales, domiciliarias o personales que puedan existir entre TECNOVE, S.L., TECNOVE FIBERGLASS, S.L., CARBRIMO, S.L. u otras sociedades o personas mencionadas en la publicación son, por tanto, completamente ajenas a TSD y a las sociedades pertenecientes a su grupo empresarial.
V. LA PROPIA CONTRATACIÓN PÚBLICA EVIDENCIA LA INDEPENDENCIA EMPRESARIAL ENTRE TSD Y TECNOVE
La independencia existente entre ambas compañías resulta igualmente patente en la propia contratación pública relacionada con los hechos objeto de la información.
En el expediente JYS-2020-054, -publicado y que puede ser consultado en la Plataforma de Contratación- denominado:
«Contratación mixta del suministro, en régimen de adquisición, de vehículos para apoyar al Ministerio del Interior del Reino de Marruecos en el marco del proyecto «Apoyo a la gestión integrada de fronteras y de la migración en Marruecos» (EUTF-NOA-MA-05), con garantía técnica y provisión de la entrega en Rabat, así como servicio de formación en mantenimiento de los vehículos»,
TECHNOLOGY AND SECURITY DEVELOPMENTS, S.L. y TECNOVE, S.L. concurrieron separadamente como licitadores y operadores económicos competidores.
Se trata precisamente de un procedimiento relacionado con los suministros sobre los que versa la información publicada.
La propia documentación administrativa del expediente evidencia, por tanto, que TSD y TECNOVE actuaban como empresas diferenciadas, independientes y en concurrencia competitiva. Además, no solo evidencia la participación separada sino que realmente el motivo de la adjudicación a favor de TSD frente al resto de licitadores (en total 5 las empresas competidoras) fue que su oferta fue la mejor puntuada según los criterios establecidos por el órgano de contratación.
Esta circunstancia resulta plenamente coherente con una realidad societaria existente desde 2005 y contradice la presentación de TSD como una sociedad perteneciente al grupo empresarial al que posteriormente se vinculó D. Francisco José Pardo Piqueras.
1 En la información analizada se incluye erróneamente la denominación social “CABRIMO”, pese a que la correcta es “CARBRIMO”.
Fecha de la rectificación: 11/09/2026