«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
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Este artículo se publicó en La Gaceta antes de convertirse en La Gaceta de la Iberosfera, no siendo entonces propiedad de Fundación Disenso.

Guardias civiles ponen enmiendas a la regulación sobre su aspecto físico

Dentro del cuidado personal, IGC considera primordial que desde la Guardia Civil se potencie el deporte a nivel general.

«La Dirección General de la Guardia Civil pretende regular aspectos legales fuera de su ámbito de competencia». Así se manifestaron las asociaciones de la Benemérita tras conocer el proyecto de orden que pretende regular el aspecto físico de los miembros del Cuerpo.
Independientes de la Guardia Civil (IGC) se opone a este proyecto normativo y, tras pedir a la Administración que lo retire tal y como está redactado, ha anunciado una serie de enmiendas que presentamos a continuación:

Cabello

– El corte de pelo en los hombres que pueda ser de libre elección, con la condición de que sea corto y con las medidas estipuladas en la orden.
– Patillas sin limitaciones, salvo que sean simétricas y horizontales.

Barba

– Bigote sin limitaciones, salvo que su densidad y distribución sea simétrica.
– Barba que pueda ser completa o incompleta, sin limitación de centímetros de espesor, con la salvedad de que no descienda del medio cuello (nuez).
– Perilla, con o sin bigote.
– No condicionado a que el resto de la cara tenga que estar perfectamente afeitado.

Uñas

– En mujeres, sin limitación en colores del esmalte, salvo que este sea uniforme.

Accesorios

– Que cualquier tipo de gafa, sea de sol o graduada, pueda estar colgada del cuello mediante cordones durante la práctica de actuaciones que requieran su uso intermitente.

Imagen y comportamiento en el trato con la ciudadanía

– Uso del “Usted” como norma general, salvo que el ciudadano autorice el tuteo o las
circunstancias aconsejen lo contrario.

Tatuajes

– La norma no afectará a los que tuvieran tatuajes anteriores a la entrada en vigor de la misma, siendo la decisión de cubrirlos personal del interesado. No se debería aplicar con carácter retroactivo ya que hasta la fecha no estaba prohibida y la norma perjudica los derechos de los afectados.

Promoción del deporte en la Guardia Civil

Dentro del cuidado personal, IGC considera primordial que desde la Guardia Civil se
potencie el deporte a nivel general y no sólo de ciertas especialidades o en centros académicos como se viene haciendo hasta ahora.
Es por ello que se propone que dentro de esta Orden General de Policía se recoja esta
potenciación del deporte desde un punto de vista positivo, «reforzando a los guardias civiles que de una manera activa realizan un ejercicio físico diario, ya que el deporte es beneficioso para la creación de hábitos saludables, mejorando con ello no sólo el cuerpo sino la mente, pues una actividad física estimula la liberación de endorfinas y con ello se previene y se combate la depresión».
La propuesta es que se diseñen unas pruebas físicas por edades y sexos, asumibles
para cualquier persona que practique deporte de una forma habitual y que los guardias civiles que lo deseen, de una forma voluntaria, puedan participar una vez al año.
Todos aquellos que no estén interesados o que no puedan realizarla por encontrarse de baja médica u otros motivos quedarían fuera de la realización de estas pruebas. El beneficio para potenciar que el personal participe y que haga deporte de una manera regular sería el siguiente:
– Una productividad anual que irá en función del complemento de destino.
– Un incremento del crédito de vacaciones o de días de asuntos propios para el año siguiente.
– Una nota que se baremará en vacantes de méritos y/o en IPEGUCI.
En cuanto al baremo, por un lado se tomará como referencia la nota media del año
anterior y por otro el número de veces que se haya presentado con resultado de apto desde que haya entrado en vigor la normativa.
Para calcular esto último se tendrá en cuenta el porcentaje resultante del número de años que se lleva presentando a las pruebas y el número de años que se ha podido presentar desde que está en vigor la norma, teniendo en cuenta de esta forma la excelencia y la constancia, conforme a la siguiente fórmula:
X=nº años presentados/nº años que se ha podido presentar.
Ejemplo: La norma lleva en vigor 10 años, un guardia vivil con cinco años de profesional que se haya presentado en cuatro ocasiones.
X=4/5 El resultado sería 0,8, por lo que se ha presentado un 80% de las veces que ha
podido hacerlo.
Estas pruebas físicas se diseñarían de una forma global, salvo especialidades que requieran unas condiciones físicas determinadas, como por ejemplo montaña, similares a las pruebas de acceso pero con las marcas adaptadas a los distintos rangos de edad y sexo. En todo caso se podría eliminar la prueba de natación, ya que las otras se pueden realizar en cualquier lugar, sin que sea necesario acudir a una instalación deportiva.
Debido al despliegue territorial y al número de efectivos, estas pruebas se realizarían
durante el año, en varias tandas, de forma que no perjudique al servicio y que todos los que lo deseen puedan participar, teniendo en cuenta vacaciones, comisiones de servicio, bajas y lesiones que pudieran tener a lo largo del año y que les impedirían la realización de las pruebas un día concreto, con las salvedad que entre las pruebas de un año y las del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de seis meses.
Tendrá que ser requisito imprescindible haber superado todas las pruebas para poder ser evaluado sin que en ningún caso se puedan repetir hasta el año siguiente. La nota será NO APTO (no numérica) y APTO (con nota numérica donde un cinco es la
marca mínima exigida).

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