La Justicia da un paso más para que se cumpla la sentencia de seis años y un día de cárcel que pesa sobre el expresidente de la Junta de Andalucía y exlíder de los socialistas andaluces, José Antonio Griñán. La Audiencia de Sevilla ha emitido una nueva providencia, de ella se desprende que Griñán «ha concluido las sesiones de radioterapia» previstas por el cáncer de próstata. Éstas eran el alegato del expresidente para reclamar la suspensión de su pena de cárcel. Asimismo, el juzgado ordena un nuevo informe forense que determine si el tratamiento farmacológico y de rehabilitación que le queda «es compatible con el ingreso en prisión». Cabe recordar que la cantidad de dinero que se ha defraudado en estas piezas juzgadas de los ERE, aún quedan más, se eleva a 680 millones de euros, el mayor de la historia de la democracia en España.
Esta nueva providencia con fecha 2 de mayo ha sido difundida por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). Hay que recordar que ya hubo otra donde se instaba a la defensa de Griñán para que aportase «todos los informes médicos de los que disponga a fin de proceder a un nuevo reconocimiento médico por parte del Instituto de Medicina Legal (IML)«, siempre para resolver si el expresidente puede ser tratado en prisión del cáncer de próstata que sufre y qué alega para reclamar la suspensión de su pena de cárcel.
El tribunal explica que en la nueva documentación remitida por la defensa de Griñán se especifica que tras la radioterapia, «el plan de actuación consiste tan sólo en tratamiento farmacológico y ejercicios rehabilitadores«, con lo que ordena dar traslado de esta documentación al Instituto de Medicina Legal, para que el mismo, «a la mayor brevedad posible», informe sobre si «el tratamiento que se prescribe es compatible con el ingreso en prisión, a efectos de resolver sobre la suspensión» de la pena de cárcel solicitada por el expresidente andaluz por el cáncer de próstata que padece.
Todo esto, después de que, recientemente, la Audiencia diese cuenta de la documentación emitida por el Centro Penitenciario de Sevilla tras serle requerido en enero un informe «sobre la posibilidad de tratamiento» en la cárcel del cáncer de próstata alegado por el expresidente andaluz para solicitar la suspensión de su pena de prisión. En su informe, el Centro Penitenciario de Sevilla exponía que para la atención médica «especializada», dispone de convenio con el Servicio Andaluz de Salud (SAS) para derivar pacientes encarcelados a los «servicios especializados» de los hospitales Macarena y Virgen del Rocío, incluyendo en el «proceso de atención integral» acordado los «procedimientos terapéuticos tales como sesiones de quimioterapia o radioterapia», entre otros aspectos.
Los precedentes
A mediados del pasado mes de abril el exviceconsejero socialista de Empleo, Agustín Barberá, condenado a siete años y un día de cárcel por malversación en el procedimiento específico de financiación de los ERE, ingresaba en la prisión de Puerto III de El Puerto de Santa María, Cádiz, para cumplir dicha pena privativa de libertad impuesta por la Audiencia de Sevilla.
Dicha Audiencia rechazó su petición de suspender su pena ante la grave enfermedad con padecimientos incurables alegada por el mismo. La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, más al detalle, admitió que es «cierto» que el exviceconsejero Barberá «padece una enfermedad grave incurable», pero según el tribunal, el tratamiento prescrito al mismo «puede ser dispensado» en el centro penitenciario «con las revisiones hospitalarias a que deba ser sometido».