
La Audiencia Nacional ha ordenado la expulsión de España de un preso yihadista de nacionalidad marroquí condenado por terrorismo, tras constatar que adoctrinó, manipuló y radicalizó a otros reclusos durante su estancia en la cárcel de Asturias, donde llegó a encabezar la facción más beligerante de internos musulmanes y a promover la insumisión contra los funcionarios penitenciarios, según informa La Nueva España.
El individuo fue condenado en 2018 a seis años de prisión por enaltecimiento del terrorismo, adoctrinamiento y captación para Estado Islámico. Según la resolución judicial, durante su internamiento desarrolló un proceso de radicalización intenso y sostenido, ejerciendo liderazgo ideológico sobre otros presos, especialmente los más vulnerables.
En febrero de 2023, el secretario de Estado de Seguridad acordó su expulsión del territorio nacional por la comisión de una infracción muy grave de la Ley de Extranjería, al considerar acreditada su participación en actividades contrarias a la seguridad nacional. La Audiencia Nacional ha ratificado ahora esa decisión, imponiéndole además una prohibición de entrada en España durante diez años.
Los informes de la Comisaría General de Información y de Instituciones Penitenciarias detallan cómo el recluso utilizó su carisma personal y su capacidad económica para ganarse la confianza de otros internos musulmanes, a los que ofrecía dinero y favores con el fin de consolidar su liderazgo.
Entre los comportamientos acreditados figura la instrumentalización sistemática de supuestos agravios xenófobos, que utilizaba como excusa para fomentar protestas colectivas, así como su negativa a comunicarse en castellano con los funcionarios cuando le convenía, pese a dominar perfectamente el idioma. En fechas simbólicas, como el aniversario del 11-S, llegó incluso a invitar a otros internos musulmanes como gesto de cohesión ideológica.
A partir de 2018, el recluso dio un paso más y pasó del adoctrinamiento al control del grupo, encabezando la facción más radical del módulo, alentando la insumisión, el rechazo a la autoridad penitenciaria y la confrontación con funcionarios, jueces y fuerzas de seguridad, a los que consideraba enemigos del islam.
Instituciones Penitenciarias subrayó que su influencia fue determinante en la radicalización de otros internos, incluidos presos condenados por terrorismo, uno de los cuales endureció su postura religiosa bajo su ascendencia ideológica. En registros realizados en 2020 se hallaron anotaciones que lo vinculaban con otros reclusos relacionados con el radicalismo islámico.
Los informes describen al yihadista como una persona de carácter manipulador, con una gran capacidad para crear estructuras informales de poder dentro de prisión y para dotar de un trasfondo religioso a conflictos ordinarios, utilizando incluso recitaciones del Corán para exacerbar tensiones.
La defensa del recluso alegó arraigo en España, vulneración de derechos fundamentales y defectos de procedimiento, argumentos que han sido rechazados íntegramente por la sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, que considera plenamente acreditado el riesgo para la seguridad nacional.
La sentencia concluye que la expulsión es una medida proporcionada, necesaria y justificada, dada la trayectoria delictiva, la persistencia ideológica y la actividad desestabilizadora desarrollada por el condenado incluso desde el interior del sistema penitenciario.