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EN LA MAYORÍA DE COMUNIDADES YA SE APLICAN LEYES SIMILARES

La nueva ley trans agrava el paradigma impuesto por PSOE y PP en sus gobiernos autonómicos

Menores sostienen una pancarta durante una marcha convocada por ‘Federación Plataforma Trans’. Europa Press
Menores sostienen una pancarta durante una marcha convocada por ‘Federación Plataforma Trans’. Europa Press

El Gobierno del Partido Socialista y Unidas Podemos validará finalmente este jueves en el Congreso de los Diputados la ley trans. Después de que el miércoles se celebrara el debate final de la norma en la cámara baja y de que todos los grupos parlamentarios, excepto el Partido Popular y VOX –Ciudadanos dará libertad a sus diputados para que emitan su voto– hayan votado a favor, a la ley ya solo le quedará recibir el visto bueno del Senado para entrar en vigor.

Así, el ministerio que dirige Irene Montero consigue sacar adelante otra de sus leyes ideológicas ignorando, una vez más y como ya pasó con la ley del «sólo sí es sí» que ya ha beneficiado a más de 100 delincuentes sexuales, las opiniones e informes de expertos, jueces y padres.

Sin embargo, si analizamos los puntos de la norma, la ley aporta pocas novedades para la mayoría de comunidades, que ya aplican leyes similares.

Cambio de sexo en el registro civil

Es la principal novedad que establece la nueva legislación. Permitirá que cualquier persona pueda cambiar de sexo en el registro civil sin necesidad de presentar informes médicos o psicológicos, alegando únicamente que es su voluntad.

Además, los mayores de 16 años ni siquiera necesitarán la autorización de los padres para hacerlo, pese a no haber alcanzado la mayoría de edad. Por su parte, entre los 14 y 16 años los menores deberán contar con la autorización de sus padres o tutores, mientras que los de 12 y 13 años requerirán una autorización judicial. Sin embargo, la ley contempla que en los casos en los que exista desacuerdo entre los progenitores y la persona menor de edad, se tendrá en cuenta «el interés superior del menor» al que se le adjudicará un defensor judicial.

Para los menores de 12 años también se amplían las posibilidades: no podrán cambiar de sexo en el registro, pero sí su nombre en el DNI. Además, según la ley, deberán recibir un trato conforme al sexo con el que se identifiquen en los colegios si así lo solicitan.

Ámbito sanitario, dependiente de las comunidades autónomas

La ley trans del Gobierno incorpora la necesidad de que el Ministerio de Sanidad vele por el abastecimiento de los medicamentos utilizados en los tratamientos hormonales para las personas trans y garantiza a lesbianas, bisexuales y a las «personas trans con capacidad de gestar» el acceso a técnicas de reproducción asistida.

Sin embargo, la ley no establece nada sobre el acceso a la hormonación y al cambio de sexo mediante cirugía, que seguirá dependiendo de las comunidades autónomas. En realidad, no hacía falta que la nueva normal nacional incluyese este punto ya que varias comunidades, como Madrid, Murcia o Andalucía ya reconocen la «libre autodeterminación de género» y varias permiten el acceso a estos tratamientos sin la necesidad de un informe médico o psiquiátrico.

Ley de Identidad y Expresión de Género de la Comunidad de Madrid

Adoctrinamiento en colegios y discriminación positiva

La norma establece la «inclusión del conocimiento y respeto a la diversidad sexual, familiar y de género en el currículo educativo de todas las etapas, así como formación de profesorado en esta materia», además de programas de educación sexual y reproductiva. Un punto que también estaba ya establecido en las leyes de género autonómicas.

En el ámbito laboral, se prevé la «no discriminación» del colectivo LGTBI, así como en la convocatoria de ayudas y subvenciones de fomento de empleo. Este punto recuerda a la recientemente conocida Ley de Empleo que se tramita en el Congreso y que reconocerá al colectivo LGTBI como vulnerable y le garantizará, por tanto, «atención prioritaria» en el Servicio Público de Empleo Estatal.

Además, como sucede con el acceso a la hormonación y al tratamiento médico, ya existen precedentes de comunidades autónomas que incluyen cuotas y discriminación positiva para el citado colectivo o que dan prioridad a las personas trans a la hora de acceder a un empleo.

Así, la Ley por la igualdad de trato y la no discriminación de lesbianas, gays, transexuales, bisexuales e intersexuales en Galicia, aprobada en 2014 por el Gobierno del entonces presidente de la Xunta de Galicia, Alberto Núñez Feijóo, establece que «el principio de igualdad de trato no impedirá que se mantengan o que se adopten medidas específicas a favor de lesbianas, gays, transexuales, bisexuales e intersexuales destinadas a prevenir o a compensar las desventajas que les afecten».

También en Aragón y desde que en 2018 se aprobó la Ley 4/2018, de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación, el Gobierno del socialista Javier Lambán reserva un «un cupo no inferior al 1%» de las vacantes para las ofertas de empleo público para las personas transexuales.

Ley de Identidad y Expresión de Género de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Sanciones frente a «actos de discriminación»

La nueva ley establece un régimen de infracciones «frente a actos de discriminación a personas LGTBI», con sanciones de hasta 150.000 euros para casos muy graves. Una vez más, estas sanciones ya están tipificadas en otras regiones. En Madrid y desde el año 2016 en el que se aprobó la Ley 2/2016, de 29 de marzo, de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación de la Comunidad de Madrid con el Gobierno de Cifuentes –que la actual presidenta Isabel Díaz Ayuso respaldó con su voto aquel año y que se ha negado en varias ocasiones a derogar– ya establece este tipo de multas, aunque en su caso la cuantía contemplada es menor.

Ley de Identidad y Expresión de Género de la Comunidad de Madrid

Una ley que ignora a jueces y expertos

En abril, el pleno del Consejo General del Poder Judicial aprobó por unanimidad un informe al anteproyecto de «Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI», en el que pidió que fuese necesario el aval de un juez para el cambio de sexo en el registro civil para los menores de 18 años. Es decir, los jueces consideraron que la edad mínima para que una persona pudiese solicitar esa modificación debía mantenerse en la mayoría de edad.

El informe fue ignorado por el Gobierno, y la ministra de Igualdad, Irene Montero, le quitó relevancia en Twitter asegurando que «no era ninguna sorpresa» y que no impedía que continuasen con su hoja de ruta.

Por su parte, el Consejo General de Médicos (CGCOM) también pidió al Gobierno que la ley trans exigiera a los menores un informe médico multidisciplinar previo al cambio de sexo por el riesgo de «no persistencia en el deseo de transexualidad» y otros de carácter psicológico. Sus recomendaciones también cayeron en saco roto.

Contra la ley también han surgido asociaciones de madres y padres con hijos afectados por disforia de género que consideran que la norma desprotege a los menores y arranca a los progenitores la lógica potestad que les corresponde para poder guiar y ayudar a sus hijos en un proceso tan delicado.

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