La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, reaccionó el miércoles a la polémica Ley Trans del Ministerio de Igualdad diciendo que era «muy agresiva» porque «niega el sexo a las personas» y «las confunde y lleva a situaciones muy dolorosas que van a pagar siempre».
La reacción de la líder popular es la esperada para cualquier persona con sentido común ante una ley que atenta contra la naturaleza del ser humano, los derechos de los padres sobre el desarrollo de sus hijos e, incluso, discrimina a las mujeres; pero sorprende viniendo de la presidenta de una comunidad que fue pionera en la implantación de este tipo de normas.
Aunque prácticamente ningún medio lo haya mencionado y aunque parece habérsele olvidado a la presidenta y a sus compañeros de partido que, abiertamente, han criticado la ley podemita, la actual legislación madrileña podría ser la inspiración que Irene Montero y sus compañeros de ministerio utilizaron para redactar una ley a nivel nacional.
«La identidad de género es la vivencia interna e individual del género tal y como cada persona la siente y auto determina, sin que deba ser definida por terceros, pudiendo corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento», define la Ley 2/2016, de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación que aprobó en 2016 el Ejecutivo de Cristina Cifuentes y que el Gobierno popular madrileño no ha derogado.
A diferencia de la ley de Montero, la ley madrileña se refiere al género y no al sexo, pero ambas coinciden en la característica más peligrosa de la legislación: la autodeterminación. Es decir, que ambas hacen referencia a que la declaración del individuo solicitante es suficiente para conseguir un cambio de sexo. «Sin terceros», apuntó con exactitud la Ley de Cifuentes. Insistimos, hoy vigente.
Y en ese «terceros» –en ambas leyes– están incluidos padres, tutores, médicos y psicólogos.
En referencia a los médicos, uno de los puntos más llamativos de la nueva Ley Trans es el que determina que no son necesarios los informes psicológicos o médicos para realizar un cambio de sexo. Hasta ahora –se pensaba–, estos cambios necesitaban la intervención de un profesional que, previamente, había estudiado el caso y llegado a la conclusión de que la «transición de género» era necesaria, pero no es realmente así. «En el ámbito de aplicación de esta Ley, en ningún caso será requisito acreditar la identidad de género manifestada mediante informe psicológico o médico«, aclara la Ley de Identidad y Expresión de Género aprobada por el Partido Popular.
Asimismo, y tal como viene redactado en la citada norma, tampoco eran necesarias «pruebas psiquiátricas, psicológicas o tratamientos médicos para hacer uso de su derecho a la identidad de género o acceder a los servicios o a la documentación acorde a su identidad de género sentida». Es decir, el ejercicio de los profesionales en el proceso ya se declaró prescindible en Madrid en el año 2016. Recordamos, con un Gobierno popular.
Sobre el derecho de los padres a tomar parte en el proceso, las dos normas se refieren al «interés superior del menor» en el caso de que exista una negativa de los progenitores. Y se refieren a la vía judicial como la solución para los solicitantes en estos casos.
Las similitudes en contenido y forma de la Ley Trans con la ley Cifuentes convierten en una paradoja las criticas de Ayuso que, además, era diputada autonómica del PP cuando se aprobó la ley madrileña en 2016.
Y, por si fuera poco, la presidenta se ha negado en reiteradas ocasiones a derogar la norma. La última de ellas en el mes de diciembre cuando el PP eligió aliarse con la izquierda para tumbar una Ley de Igualdad promovida por VOX que derogaría las leyes LGTBI de la Comunidad de Madrid.
Urbanismo y género
Además de mantener en vigor estas normas en Madrid, el Gobierno que dirige Ayuso también promueve otras, más surrealistas si cabe, como la «planificación urbanística con perspectiva de género«. Así, y desde el 2019, el Ejecutivo madrileño difunde a través de su web una Guía para la elaboración de informes de evaluación del impacto de género en el sector del urbanismo y para la planificación urbanística con perspectiva de género.
El documento define como «una ciudad con perspectiva de género» a aquella «en la que toda la población puede hacer un uso pleno de todos los espacios y recursos». El texto reconoce que los hombres sufren más agresiones que las mujeres en la calle, pero asegura que los espacios urbanos deben tener en cuenta «aspectos como la señalización, la visibilidad, la concurrencia en un lugar y la vigilancia» ya que son aspectos –según el documento– que «hacen que las mujeres se autolimiten para ir a ciertos sitios».
No, de nuevo y como la anterior comparativa con la Ley Trans, no es una ocurrencia del Ministerio de Igualdad, es el Gobierno de la Comunidad de Madrid.