«Ser es defenderse», RAMIRO DE MAEZTU
Este artículo se publicó en La Gaceta antes de convertirse en La Gaceta de la Iberosfera, no siendo entonces propiedad de Fundación Disenso.

Lenguas en EspaƱa, caballo de Troya del separatismo

Lo que buscan, no sólo es rehacer la realidad lingüística de España, sino corregir la historia misma. Lo que verdaderamente se pretende es la ruptura de la continuidad histórica de España como Nación


El hecho de que en España existan una serie de lenguas regionales que en su evolución no alcanzaron la difusión del castellano, convertido en el idioma español por mor de ser la lengua común de todos los españoles y la lengua mayoritaria en toda España, no debería suscitar controversia alguna, si la cuestión se contemplase desde un punto de vista cultural, lingüístico y de pleno respeto a los derechos de los hablantes.
El art. 3.1 de la Constitución es en esta materia claro y preciso, ā€œel castellano es la lengua espaƱola oficial del Estado. Todos los espaƱoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarlaā€. Junto a la lengua espaƱola aparecen las lenguas regionales como cooficiales allĆ­ donde existan, segĆŗn tambiĆ©n proclama el art.3.2 de la Constitución, que remite a los respectivos Estatutos de AutonomĆ­a su regulación. El espaƱol es nuestro idioma nacional, que lógicamente todos los espaƱoles debemos conocer. Las lenguas regionales, ni siquiera comunes a todos los habitantes de aquellos territorios donde existen, sin duda constituyen un patrimonio cultural, como seƱala el propio art. 3 de la Constitución, digno de especial respeto y protección, pero no tienen la categorĆ­a de lengua nacional.
Cuando se proclama en las normas autonómicas de CataluƱa, Valencia, Baleares, Galicia y PaĆ­s Vasco, que sus respectivas lenguas regionales son su lengua ā€œpropiaā€, se estĆ” proclamando que el espaƱol es allĆ­ una lengua extraƱa o forĆ”nea.
Hasta aquí no parece haber problema alguno. El carÔcter cooficial de las lenguas regionales vendría a proteger su perenne valor cultural y a garantizar los derechos de sus hablantes, que por ende también reconoce la Carta Europea de Lenguas Regionales o Minoritarias. Que el ordenamiento jurídico reconozca este carÔcter cooficial implica obligaciones para las administraciones públicas en orden a facilitar a los hablantes de las lenguas regionales su empleo, mÔs allÔ del Ômbito privado, en aquellas autonomías donde existen, así como a difundir su conocimiento a través de su introducción dentro de los planes de estudio oficiales. Sin embargo, los Estatutos de Autonomía y en especial las leyes de normalización lingüística que ha dictado cada una de esas Comunidades Autónomas, han ido mucho mÔs allÔ.
En un principio parecĆ­a que el Tribunal Constitucional velarĆ­a por impedir el desbordamiento del carĆ”cter regional de las lenguas cooficiales. AsĆ­, la STC 82/1986 de 26 de junio frenaba las pretensiones del nacionalismo vasco de equiparar la lengua regional con la lengua nacional, al afirmar el Alto Tribunal que solo respecto del castellano cabe ā€œpredicar, junto al derecho a usarlo, el deber de conocerlo, lo que se fundamenta en la singularidad de este idioma como comĆŗn a todos los espaƱoles y lengua oficial del Estadoā€, para seguir explicando que por mucho que una norma autonómica proclame como propia la lengua vasca, no impide que ā€œpueda calificarse tambiĆ©n al castellano como lengua propia del Pueblo Vascoā€- Por ello, ā€œno cabe sostener que, establecida la cooficialidad de una lengua espaƱola distinta del castellano, la Comunidad Autónoma pueda establecer respecto de aquĆ©lla, junto al derecho a usarla, un deber de conocimiento idĆ©ntico al previsto para el castellano en el art. 3.1 de la C.E.ā€ Y concluĆ­a, ā€œel castellano, idioma de uso oficial tambiĆ©n en las Comunidades Autónomas donde exista otra lengua cooficial, nunca puede ser excluido, sin perjuicio del derecho individual de usar la lengua cooficialā€.
Lamentablemente esta lĆ­nea interpretativa pronto acabó cediendo a las presiones del nacionalismo disgregador, cuyas demandas serĆ­an atendidas sin reparo ni escrĆŗpulo por los sucesivos gobiernos de EspaƱa. La STC 337/1994 de 23 de diciembre, al examinar la normativa sobre normalización lingüística en CataluƱa, acepta la finalidad ā€œde corregir y llegar a superar los desequilibrios existentes entre las dos lenguas cooficiales en la Comunidad Autónomaā€, y admite la inmersión lingüística en la enseƱanza porque si se persigue ā€œel objetivo, a la Ā«plena igualdadĀ» de las dos lenguas oficiales (sic), es legĆ­timo que el catalĆ”n, en atención al objetivo de la normalización lingüística en CataluƱa, sea el centro de gravedad de este modelo de bilingüismoā€. MĆ”s reciente, la STS 31/2010 de 28 de junio, con ocasión de la reforma del Estatuto de AutonomĆ­a catalĆ”n, llega a dar por bueno que el catalĆ”n sea la lengua de Ā«uso normalĀ» de las Administraciones PĆŗblicas y de los medios de comunicación pĆŗblicos de CataluƱa, asĆ­ como el deber de conocerlo, siempre que no se exija con carĆ”cter generalizado (sic), e insiste en que se pueden adoptar las medidas de polĆ­tica lingüística tendentes a corregir, situaciones históricas de desequilibrio de una de las lenguas oficiales respecto de la otra, subsanando asĆ­ la posición secundaria o de postergación que alguna de ellas pudiera tener.
Y es que las lenguas han sido contempladas, reguladas e interpretadas como concepto ideológico, a través de unos criterios que se apartan de los fines lingüísticos y culturales, para perseguir unos fines políticos, que encima tampoco respetan los derechos de todos los hablantes.
Tratan de negar la legitimidad del proceso socio-cultural que llevó al castellano a convertirse en el idioma común de todos los españoles, porque las lenguas regionales habrían sido relegadas, perseguidas o prohibidas.
Cuando se proclama en las normas autonómicas de CataluƱa, Valencia, Baleares, Galicia y PaĆ­s Vasco, que sus respectivas lenguas regionales son su lengua ā€œpropiaā€, se estĆ” proclamando que el espaƱol es allĆ­ una lengua extraƱa o forĆ”nea. Cuando se sancionan legalmente las polĆ­ticas de inmersión lingüística a travĆ©s del concepto de ā€œnormalizaciónā€, se estĆ” transmitiendo la idea de que hay que corregir una situación negativa, porque la denominada normalización supone adoptar una serie de medidas ā€œcompensatoriasā€ que lleven a la ā€œrecuperaciónā€ generalizada de los niveles de conocimiento y uso de las lenguas regionales.
Evidentemente se estĆ” negando la validez de la evolución histórica del uso de las lenguas en EspaƱa. Pero si hay que recuperar las lenguas regionales Āæa quĆ© estado hay que reponerlas? ĀæAl que tenĆ­an en el inicio de la evolución de las lenguas romances, o en el caso del vascuence, a la Edad de Bronce? ĀæDebemos remontarnos a la Edad Media antes de los Reyes Católicos? ĀæQuizĆ” a la Ć©poca anterior a los Borbones? ĀæAntes de la Restauración? ĀæO sólo antes del franquismo? En realidad, no se trata de recuperar ningĆŗn estado mĆ­tico anterior de difusión y uso de las lenguas regionales. Se trata de negar la legitimidad del proceso socio-cultural que llevó al castellano a convertirse en el idioma comĆŗn de todos los espaƱoles, porque las lenguas regionales habrĆ­an sido relegadas, perseguidas o prohibidas, primero por la opresora hegemonĆ­a castellana y luego por los oscuros poderes espaƱolistas confabulados para la ā€œdoma y castraciónā€, que dirĆ­a el orate Castelao parafraseando a Zurita, de las nacionalidades históricas, terminando por el franquismo, que como todo el mundo sabe, ā€œprohibiĆ³ā€ las lenguas regionales por el mero hecho de no considerarlas oficiales.
Lo que buscan, no sólo es rehacer la realidad lingüística de España, sino corregir la historia misma. Lo que verdaderamente se pretende es la ruptura de la continuidad histórica de España como Nación.
La consecuencia de sostener que las lenguas regionales han sufrido un inaceptable proceso de degradación, es que su cooficialidad se ha traducido, no sólo en derecho y garantĆ­a para sus hablantes, sino en una obligación para los hablantes de la lengua espaƱola que habiten aquellos territorios ā€œcon lengua propiaā€. Todos deben conocer la lengua regional lo suficiente como para poder ser bilingües, pero ademĆ”s tienen que usarla forzosamente como lengua vehicular en la educación, y puesto que debe ser la lengua ā€œnormalā€ que las administraciones autonómicas y locales utilicen, si quieren una relación administrativa fluida, tambiĆ©n deben emplearla en dicho Ć”mbito. Pero no les basta con la exclusión del espaƱol de la esfera pĆŗblica o institucional para compensar la anomalĆ­a histórica que ā€œsufrenā€ las lenguas regionales. En la esfera privada se castiga el uso de esa lengua extraƱa que ā€œimpideā€ la normalidad. Esto se hace, bien groseramente, como sucede en CataluƱa con las multas a los comerciantes que rotulan solo en espaƱol, bien sutilmente, a travĆ©s de la amenaza de ser privado de oportunidades si no se utiliza la lengua regional, como ocurre en otras comunidades bilingües, con lo cual el concernido callarĆ” o asentirĆ” antes de verse discriminado o seƱalado. Valga el ejemplo, si creas, emprendes o innovas en espaƱol, no tendrĆ”s las mismas ayudas económicas de quienes sĆ­ usan la lengua regional para lo mismo que tĆŗ. En definitiva, nos encontramos con una sistemĆ”tica polĆ­tica de imposición lingüística, donde los hablantes estĆ”n al servicio de la mesiĆ”nica misión de salvar las lenguas regionales y conseguir que ocupen el lugar que se merecen. Y ese lugar no es otro que el de lengua nacional.
Porque lo que buscan, no sólo es rehacer la realidad lingüística de España, sino corregir la historia misma. Lo que verdaderamente se pretende es la ruptura de la continuidad histórica de España como Nación. Lo que se esconde bajo los sucesivos disfraces de las apelaciones a la diversidad cultural, la protección de las lenguas de España o el enriquecimiento idiomÔtico de la población, no son conceptos lingüísticos ni culturales, sino, pura y simplemente, conceptos marcadamente ideologizados por un nacionalismo decimonónico que busca un alma propia distinta de la de España a partir de la lengua. En este camino hacía el Estado plurinacional o la autodeterminación, la lengua ocupa un papel simbólico como idioma propio de cada supuesta nación, pero también esencial en el proceso de deconstrucción nacional de
España, ya que la inmersión lingüística facilita la cohesión social que conducirÔ a la identidad diferenciada de las nuevas naciones de esa Commonwealth de opereta bufa que sustituirÔ a España como Nación.
La iniciativa legislativa de Hablamos español para que la cooficialidad lingüística se rija por el principio de libertad de elección pondría fin al abuso político de corte separatista de las lenguas de España.
Para terminar con este abuso polĆ­tico de corte separatista de las lenguas de EspaƱa, bastarĆ­a con que la cooficialidad de las lenguas regionales se rigiese por el principio de libertad de elección lingüística, verdaderamente respetuoso con los valores de libertad, pluralismo e igualdad, a la vez que compatible con el respeto y protección de las lenguas regionales, y no por el principio de ā€œnormalizaciónā€ lingüística que, con sus pretensiones de ingenierĆ­a social, encierra notorios rasgos totalitarios. No parece que ningĆŗn partido polĆ­tico con representación parlamentaria estĆ© por la labor de afrontar este cambio, que ni siquiera precisarĆ­a de una reforma constitucional.
De momento, lo que sí existe es una iniciativa de la sociedad civil que al menos pretende acabar con el disparate de que los hablantes del español sean tratados a nivel lingüístico como ciudadanos extranjeros en las Comunidades Autónomas con lengua cooficial. Se trata de la plataforma Hablamos Español, que estÔ recogiendo firmas para presentar ante el Congreso una Iniciativa Legislativa Popular para que se promulgue una Ley de libertad de elección lingüística.
Para remediar esta situación no basta con lamentarse, todos podemos poner nuestro granito de arena, ahora tenemos una oportunidad de hacernos oír a través de la iniciativa de Hablamos Español. Merece la pena colaborar: http://hispanohablantes.es/como-puedes-ayudar.php
Mateo Requesens. (Jurista y Doctor en Derecho)

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