«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
La pena por cada delito queda ahora fijada en 11 años

Rebajan cuatro años de cárcel a un violador que violó, golpeó y humilló a cuatro mujeres gracias a la ley del ‘sí es sí’

Fachada del Tribunal Supremo. Europa Press

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha estimado parcialmente el recurso de casación interpuesto por el que fuera conocido como ‘el violador de los garajes’ de Alicante, y ha decidido rebajar su condena en un total de cuatro años, a raíz de la aplicación de la Ley Orgánica 10/2022, más conocida como la ley del «solo sí es sí».

El alto tribunal, en una sentencia fechada el pasado 2 de abril adelantada por el Abc, considera que corresponde aplicar íntegramente el nuevo marco penal introducido por esta norma en los delitos por los que fue condenado. La resolución deja sin efecto el auto previo de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante, que en febrero de 2023 había rechazado revisar la pena por considerar que se mantenía dentro de los márgenes legales vigentes.

Los magistrados del Supremo argumentan que, dado que el castigo impuesto originalmente se encontraba en la mitad inferior del rango anterior, mantener los 13 años de prisión por cada una de las dos agresiones resultaría excesivo a la luz de la nueva legislación, que establece una horquilla mínima de siete años. Por tanto, la pena por cada delito queda ahora fijada en 11 años, sumando un total de 22.

La rebaja de condena no afecta a otros aspectos de la sentencia, como el periodo de libertad vigilada al que deberá someterse una vez abandone la prisión, ni a la inhabilitación para ejercer profesiones con contacto habitual con menores, que se mantendrá en 16 años.

El condenado, que acumula un largo historial delictivo vinculado a agresiones sexuales, fue sentenciado en 2015 por dos ataques cometidos en 2005 y 2013. En ambos casos, esperó a sus víctimas en garajes de la ciudad de Alicante, donde las abordó portando cuchillos de cocina. Las obligó a practicarle felaciones bajo amenazas, llegando a eyacular en sus bocas y, en uno de los casos, limpiarse en la ropa de la mujer agredida.

El patrón de violencia sexual que aplicaba quedó establecido ya desde su primera agresión conocida, ocurrida en 1998 en San Vicente del Raspeig, cuando asaltó a una mujer con una navaja en un modus operandi similar. Fue finalmente arrestado en 2013, y la Audiencia Provincial de Alicante acumuló todas sus condenas en una sentencia global que sumaba 88 años y seis meses, aunque el tiempo máximo efectivo de cumplimiento quedó fijado en 20 años, como prevé la legislación española.

En 2017, el Supremo ya había rechazado una petición de progresión de grado y permisos penitenciarios, al considerar que persistía un elevado riesgo de reincidencia, y confirmó así la negativa de la Audiencia alicantina. Pese a este historial, la entrada en vigor de la nueva ley permitió a su defensa plantear una nueva revisión, centrada en el cambio del umbral mínimo de las penas aplicables.

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