Manuel Garrido, número 4 del PSOE en Carrión de los Condes, es legalmente mujer desde el pasado mes de diciembre. Aunque en su documento nacional de identidad continúa figurando el nombre que ha utilizado siempre, el concejal socialista de esta localidad palentina formalizó el cambio registral de sexo tras acogerse a la legislación aprobada por el Gobierno en 2023.
El propio edil ha explicado públicamente su decisión tanto a vecinos del municipio como a compañeros del Ayuntamiento. En declaraciones al Abc, reconoce que adoptó el cambio con naturalidad y con cierto tono crítico hacia la normativa que lo permite. «No le encuentro ningún sentido a la ley», afirma, al tiempo que sostiene que, si el trámite existe y no implica coste adicional, «lo lógico es optar por la opción que resulte más ventajosa».
Garrido, que además de su actividad política trabaja como apicultor y dirige una pequeña fábrica de miel, admite que la modificación registral podría abrirle la puerta a determinadas ayudas reservadas a mujeres dentro de programas vinculados a la Política Agraria Común (PAC). Según señala, todavía no ha percibido beneficios concretos, aunque considera improbable que la decisión le genere perjuicios.
El concejal relata que tomó la determinación a finales del pasado año, en plena época navideña. «Me quedé soltero y pensé: por si acaso, mejor curarse en salud», comenta con ironía. Desde su punto de vista, si dos opciones están disponibles en igualdad de condiciones, «lo tonto sería no elegir la que resulta más cómoda». Incluso llega a preguntarse por qué otros hombres no recurren al mismo procedimiento.
La posibilidad de modificar el sexo registral sin necesidad de informes médicos o psicológicos quedó recogida en la denominada «ley trans», aprobada durante la etapa de Irene Montero al frente del Ministerio de Igualdad en febrero de 2023. La norma permite que cualquier persona solicite el cambio mediante un trámite administrativo relativamente sencillo.
Para iniciar el proceso basta con presentar una petición en el Registro Civil acompañada del DNI, un certificado literal de nacimiento y un documento de empadronamiento. Posteriormente, el solicitante debe acudir a una comparecencia para ratificar su voluntad de dejar de figurar con el sexo anterior y ser reconocido con el contrario. En ese mismo acto también puede escoger un nuevo nombre, aunque no es obligatorio modificarlo.
El texto legislativo sostiene que la referencia al sexo registral forma parte del derecho al libre desarrollo de la personalidad y se vincula con la protección de la intimidad personal recogida en el artículo 18.1 de la Constitución. La norma se apoya además en la sentencia 99/2019 del Tribunal Constitucional, que avaló que las personas puedan adoptar decisiones con efectos jurídicos sobre su identidad.
Según ese planteamiento, elementos como el nombre o el sexo forman parte de la identidad individual y tienen un papel central en la construcción de la personalidad. Por ello, la ley defiende que la posibilidad de determinar estos aspectos constituye una decisión vital que permite a cada individuo desarrollarse conforme a su propia percepción.