La Fundación Española de Abogados Cristianos ha presentado una querella contra varios integrantes de la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña (CGEC), situando en el centro del procedimiento un artículo de opinión redactado en 2021 por el médico Josep Maria Busquets Font, quien posteriormente pasó a formar parte de ese mismo organismo como secretario.
El escrito judicial, registrado el 23 de septiembre de 2025 ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, sostiene que dicho texto evidencia un posicionamiento ideológico previo incompatible —según los querellantes— con la imparcialidad exigida en el ejercicio de funciones públicas. En aquel artículo, Busquets criticaba con dureza los mecanismos de control contemplados en la entonces futura ley de eutanasia, calificándolos de innecesarios e incluso perjudiciales para los pacientes.
El origen del conflicto se vincula al caso de Noelia Castillo Ramos, una joven de 25 años de Barcelona que recibió la eutanasia tras un proceso marcado por la controversia. Su situación, que ya había generado una intensa batalla judicial, ha derivado en múltiples actuaciones legales impulsadas por la misma organización.
En su texto de 2021, Busquets cuestionaba especialmente la intervención previa de las comisiones evaluadoras. Argumentaba que ese sistema obligaba al paciente a demostrar la magnitud de su sufrimiento ante terceros ajenos, lo que, en su opinión, podía prolongar innecesariamente el padecimiento si no se lograba acreditar algo tan difícil de objetivar. También ponía en duda la capacidad de juristas para valorar este tipo de situaciones clínicas, sugiriendo que su aportación podría ser limitada frente a la de profesionales sanitarios.
Pocos meses después de publicar esas reflexiones, en julio de 2021, fue designado secretario de la CGEC mediante una resolución firmada por el entonces consejero de Salud de la Generalitat, Josep Maria Argimon. Este nombramiento es precisamente el acto administrativo que la querella señala como presuntamente delictivo, al entender que podría encajar en un supuesto de prevaricación en la provisión de cargos públicos.
En paralelo a esta causa, existe otro procedimiento relacionado en el que la Fiscalía de Barcelona ha pedido recientemente el archivo. En ese caso, el Juzgado de Instrucción número 20 investiga a dos miembros de la comisión —un médico y una jurista— también denunciados por Abogados Cristianos por presunta prevaricación y falsedad documental.
La acusación sostenía que ambos habrían simulado un desacuerdo inexistente con el fin de elevar la decisión al pleno de la CGEC, alterando así el procedimiento ordinario. Sin embargo, esta interpretación no ha sido respaldada por la jurisdicción contencioso-administrativa.
De hecho, la titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 12 de Barcelona, que ya había dado luz verde a la eutanasia en primera instancia, descartó cualquier irregularidad. Según su resolución, la jurista expresó dudas legítimas sobre si el caso cumplía los requisitos legales —como la existencia de un sufrimiento grave y crónico—, lo que justificaba la emisión de un informe desfavorable y la posterior elevación del asunto al pleno.
Ese órgano colegiado, compuesto por 19 miembros, terminó aprobando la solicitud por unanimidad. Para la magistrada, este procedimiento no solo no vulneraba la normativa, sino que reforzaba las garantías del proceso.
El juzgado de instrucción admitió inicialmente la querella únicamente para poder recabar la documentación del procedimiento contencioso, señalando que era la vía legal necesaria para obtenerla. Una vez analizados esos documentos, el Ministerio Fiscal ha concluido que los hechos carecen de relevancia penal.
Además, la decisión que autorizó la eutanasia fue posteriormente ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, lo que refuerza la posición de que no existieron irregularidades en la tramitación del caso.
Así, varias instancias judiciales han revisado el expediente sin detectar anomalías, mientras el debate jurídico y social sobre la aplicación de la eutanasia en España continúa intensificándose. El hecho de que un artículo de opinión previo al desempeño de un cargo público se utilice ahora como elemento incriminatorio refleja la elevada tensión que rodea este asunto.