«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
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VOX se querella contra Justicia por prevaricación y negación de auxilio

El presidente de VOX, Santiago Abascal

El partido presidido por Santiago Abascal considera que la ministra de Justicia ha incurrido en los delitos de prevaricación y denegación de auxilio por negarse a defender a Llarena. 

Acosado por la presión, el Gobierno anunciaba este domingo su intención de defender al juez Pablo Llarena en el proceso que contra él ha abierto el expresidente Carles Puigdemont. Sin emnargo, el Ministerio de Justicia parece seguir instalado en el abandono, motivo por el que VOX presentaba una querella contra la ministra de Justicia.
La querella, presentada este domingo la Sala Segunda del Tribunal Supremo, se dirige contra la ministra de Justicia Dolores Delgado «por prevaricación (artículo 404 del Código Penal) y por denegación de auxilio (artículo 412, apartados 1, del Código Penal) por negarse a defender al magistrado Pablo Llarena tras una demanda civil interpuestas por el golpista fugado de la Justicia Carles Puigdemont ante la justicia belga, a tenor de la propia nota de prensa del Ministerio de Justicia del pasado jueves y la comparecencia de la vicepresidenta Carmen Calvo del pasado viernes que afirmaron que no defenderían al Magistrado por sus declaraciones en las II Jornadas sobre delitos económicos y responsabilidad penal de las empresas celebradas en Oviedo, objeto de la demanda de Puigdemont, y que no han sido rectificadas posteriormente por ningún miembro del Gobierno».
«En la querella -explica VOX- se afirma que el Gobierno debe asumir la defensa del Magistrado a través de los Servicios Jurídicos del Estado argumentando que, con fecha del 13 de mayo de 2010, el Consejo General del Poder Judicial y el Ministerio de Justicia suscribieron un convenio de colaboración con amparo en lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas (Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, y en el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, aprobado por el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio) que establece que “los Abogados del Estado podrán asumir la representación y defensa en juicio de las autoridades, funcionarios y empleados del Estado, sus Organismos Públicos y Órganos Constitucionales, cualquiera que sea su posición procesal, cuando los procedimientos se sigan por actos u omisiones relacionados con el cargo”.
En dicho convenio además se establece en su cláusula segunda que “el Ministerio de Justicia, a través de la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado, prestará asistencia letrada en juicio a los Jueces y Magistrados, en los términos, con los requisitos y siguiendo el procedimiento establecido en los artículos 46 a 49 del Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, así como en las restantes disposiciones legales o reglamentarias aplicables a esta función desempeñada por los Abogados del Estado».
Por otro lado, en la querella se explica que en afirmaciones realizadas por Llarena el pasado 22 de febrero de 2018 en las jornadas de Oviedo, objeto de la demanda presentada por Puigdemont, no se expresó una valoración diferente de la que ya constaban en las distintas resoluciones judiciales dictadas tanto por él mismo como por la Audiencia Nacional previamente, y que eran conocidas a través de las propias notas de prensa del Alto Tribunal como de las noticias publicadas en prensa, y que por tanto no eran más que mera reproducción, con las mismas o distintas palabras, de lo expresado anteriormente por resolución judicial –y por tanto, en el ejercicio de su función jurisdiccional-.
Pedro Fernández, vicesecretario jurídico de VOX, ha afirmado, tras presentar la querella, que: «Con esta querella demostramos, una vez más, que donde no está dispuesto a llegar el Gobierno de España para amparar a aquellos ciudadanos que defienden la libertad, la Constitución y la unidad de España, estará siempre VOX, fiel a su compromiso con los españoles».

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