
El expresidente José Luis Rodríguez Zapatero aprobó un Real Decreto-ley en el año 2005 para ampliar la restitución del patrimonio sindical histórico incautado tras la Guerra Civil. Aquella reforma modificó la Ley 4/1986 y amplió los criterios para reclamar bienes y compensaciones económicas vinculadas al antiguo patrimonio sindical. Años después, el Tribunal Constitucional anuló esa modificación al considerar que el Gobierno no había justificado la existencia de una situación de extraordinaria y urgente necesidad para recurrir a un decreto-ley con el fin de alterar una norma que llevaba dos décadas en vigor.
La modificación legislativa, avanzada por El Debate, resultó especialmente favorable para UGT. En 2006, el sindicato recibió una compensación patrimonial de 149 millones de euros que fue destinada directamente al Instituto de Crédito Oficial (ICO) para cancelar una deuda que comprometía gravemente su estabilidad económica. Ese pasivo procedía de la quiebra de la promotora PSV, impulsada por el propio sindicato para construir viviendas sociales a finales de los años ochenta. La empresa terminó en concurso en 1993 y su exgerente, Carlos Soto, fue condenado por apropiación indebida, mientras que UGT fue declarada responsable civil subsidiaria.
La reclamación presentada por el sindicato tuvo como uno de sus principales fundamentos el legado del industrial del calzado Cesáreo del Cerro, fallecido en 1915. Sin embargo, el testamento no menciona expresamente a UGT como beneficiaria. En él se establece que el patrimonio debía destinarse a las sociedades obreras que convivieran en la Casa del Pueblo de Madrid, más de ochenta organizaciones entre las que figuraba la Asociación General del Arte de Imprimir —considerada el antecedente del sindicato y presidida por Pablo Iglesias—, pero no la propia Unión General de Trabajadores.
El documento también imponía importantes limitaciones sobre ese patrimonio. Las organizaciones beneficiarias no podían vender ni hipotecar los bienes heredados y únicamente estaban autorizadas a utilizar los rendimientos que generaran. Además, el testador dejó escrito que esas rentas debían emplearse exclusivamente para la formación de los trabajadores y de sus familias. También encomendó a las sociedades obreras la administración conjunta del legado y otorgó a Pablo Iglesias funciones de asesor mientras permaneciera con vida.
Con ese patrimonio se creó la Fundación Cesáreo del Cerro y una escuela destinada a los hijos de los obreros, que llegó a acoger alrededor de una treintena de alumnos. Con el paso de los años, el centro fue adquiriendo un marcado carácter ideológico vinculado al movimiento socialista, incorporando una biblioteca especializada en pensamiento obrero. Entre los bienes incluidos en la herencia figuraban una vivienda situada en la calle Carranza de Madrid y un importante paquete de acciones depositadas en el Banco de España.
El estallido de la Guerra Civil y la posterior ilegalización de los sindicatos alteraron por completo la situación prevista por el testador. El propio testamento contemplaba expresamente que, si todas las sociedades obreras desaparecían o eran disueltas, el patrimonio debía pasar a los hospitales oficiales de Madrid. Para ello, atribuía a la Diputación Provincial la facultad de retirar las acciones depositadas en el Banco de España, vender la vivienda heredada y repartir el producto obtenido entre los centros hospitalarios de la capital.
Fuentes consultadas por El Debate sostienen que esa cláusula testamentaria debía haberse aplicado automáticamente tras la desaparición de las organizaciones obreras durante la posguerra. Según esa interpretación, los bienes nunca llegaron a pertenecer jurídicamente a UGT ni a otras entidades vinculadas al sindicato, ya que el industrial únicamente había cedido el derecho a percibir las rentas y no la propiedad de los activos. Pese a ello, décadas más tarde la organización reclamó ese patrimonio como parte del patrimonio sindical histórico incautado.
La reforma impulsada por el Gobierno de Zapatero modificó varios aspectos esenciales de la normativa: redefinió qué bienes podían considerarse patrimonio sindical histórico, alteró el sistema de valoración económica de esos activos y amplió los plazos para presentar solicitudes. Esos cambios facilitaron que UGT obtuviera una compensación cuya cuantía permitió liquidar la deuda derivada del fracaso de PSV y evitar una situación de insolvencia.
La operación fue objeto de críticas desde el primer momento. Tanto la Confederación Nacional del Trabajo (CNT) como Comisiones Obreras cuestionaron el procedimiento seguido y esta última llegó incluso a impugnar la decisión ante el Tribunal Supremo. Ambas organizaciones defendían que contaban con un patrimonio histórico similar, e incluso superior en el caso de la CNT, antes de la Guerra Civil, pero apenas obtuvieron compensaciones tras la reforma aprobada en 2005.