Una mujer de origen marroquí y nacionalidad neerlandesa tendrá que devolver 162.324 euros en ayudas sociales cobradas en Países Bajos después de que la Justicia haya confirmado que incumplió durante años su obligación de informar sobre su situación patrimonial.
La beneficiaria había recibido desde diciembre de 2013 el bijstand, una prestación asistencial destinada a quienes no disponen de ingresos o patrimonio suficientes. Sin embargo, cuando comenzó a cobrarla ya disponía de una cuenta bancaria abierta en Marruecos desde julio de ese mismo año, cuya existencia no comunicó a las autoridades.
La sentencia del Tribunal de Distrito de Brabante Oriental, dictada el pasado 24 de julio, confirma la decisión del Ayuntamiento de ‘s-Hertogenbosch de retirar retroactivamente la prestación y reclamar el dinero abonado entre diciembre de 2013 y septiembre de 2024.
Una cuenta en Marruecos que nunca declaró
Durante la investigación, la mujer reconoció la existencia de la cuenta bancaria y alegó que había sido abierta para contratar un seguro funerario destinado a cubrir una eventual repatriación de su cuerpo o el de sus hijos a Marruecos.
El tribunal no cuestionó directamente esa explicación, pero consideró determinante que la cuenta nunca hubiese sido declarada, pese a la obligación legal de los beneficiarios de comunicar cualquier información relevante sobre sus ingresos o patrimonio. La situación se complicó además por la existencia de un apartamento en Nador, al norte de Marruecos, cuya adquisición se habría producido en 2017.
Según documentación policial marroquí y declaraciones incorporadas al procedimiento, la mujer habría sufragado la compra aunque la propiedad figuró primero a nombre de su hermana y posteriormente de su hija. Las autoridades municipales consideraron que existían indicios de que era la propietaria económica real del inmueble, extremo que ella negó.
Una denuncia destapó el caso
La investigación comenzó en mayo de 2024 después de que el Ayuntamiento recibiese un aviso según el cual la mujer trabajaba sin declarar, disponía de una vivienda en Marruecos y tenía pareja.
No todas esas acusaciones pudieron ser demostradas. El denunciante sostuvo también que la beneficiaria habría realizado dos pagos de 37.000 y 30.000 euros por el apartamento y que obtenía unos 2.000 euros mensuales realizando trabajos de limpieza, pero el tribunal no consideró acreditadas esas cantidades. Sí quedaron acreditadas, sin embargo, las irregularidades relacionadas con la cuenta marroquí y la falta de claridad sobre el inmueble de Nador.
El servicio municipal de empleo e ingresos abrió entonces una investigación y solicitó documentación bancaria y patrimonial a la beneficiaria. Al no recibir toda la información requerida, el pago de la prestación quedó bloqueado desde octubre de 2024 y posteriormente fue suspendido.
Los investigadores concluyeron finalmente que la situación financiera de la mujer había sido tan poco transparente desde el comienzo de la prestación que resultaba imposible determinar si realmente cumplía los requisitos para cobrarla.
Tendrá que devolver más de 162.000 euros
En julio de 2025, el Ayuntamiento decidió retirar la ayuda con efectos retroactivos desde el 24 de diciembre de 2013 hasta el 1 de diciembre de 2024 y reclamar la devolución de los pagos efectuados hasta septiembre de ese año: un total de 162.324,21 euros. La mujer recurrió la decisión, pero el Tribunal de Distrito de Brabante Oriental ha terminado dando la razón al Ayuntamiento y ha declarado infundado su recurso.
La resolución matiza que no se ha probado necesariamente que durante todos esos años superase los límites de patrimonio permitidos. La clave jurídica es que, al no facilitar la información exigida sobre sus bienes y cuentas, las autoridades ya no pueden reconstruir su situación económica y determinar cuánto —si acaso algo— le correspondía percibir.
Ese incumplimiento recae sobre la propia beneficiaria, según el tribunal, que ha confirmado así la reclamación íntegra de los más de 162.000 euros percibidos durante casi once años.