«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
La Gaceta de la Iberosfera
Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.
Este artículo se publicó en La Gaceta antes de convertirse en La Gaceta de la Iberosfera, no siendo entonces propiedad de Fundación Disenso.

Entre todos le mataron. Él solo, no murió

14 de junio de 2017

La resolución adoptada por el FROB el pasado 7 de junio en cumplimiento de lo acordado por la Junta Única de Resolución, órgano integrante del Mecanismo Único de Resolución, por la que se decide la venta del Banco Popular al Banco de Santander, supone el estreno del mecanismo europeo de la Unión Bancaria. Este mecanismo consta de tres pilares esenciales: el MUS (Mecanismo Único de Supervisión), el MUR (Mecanismo Único de Resolución) y el FUR (Fondo Único de Resolución).

La primera experiencia respecto del funcionamiento de este mecanismo deja más sombras que luces, tanto en el fondo como en la forma a través de la cual se ha actuado.

De las alternativas posibles (venta de activos, la separación de activos tóxicos, la creación de una entidad puente o el conocido como bail-in), se ha adoptado la más dura, es decir, el autorrescate del Banco a costa de sus accionistas y bonistas y su venta a otra entidad de la misma nacionalidad. Y todo el mundo se ha quedado tan contento porque se han cumplido los dos objetivos básicos de la Unión Bancaria Europea: la no utilización de fondos públicos para rescatar bancos en apuros y el no contagio a otras entidades.

Sin embargo, cabe preguntarse si se ha actuado bien y si se ha sido eficiente. Es decir, si se han conseguido esos objetivos con los mínimos costes. La respuesta, desde mi punto de vista, es que no. Se han dilapidado muchas cuestiones tangibles e intangibles por el camino.

¿Cómo ha podido llegar a esta situación un Banco que hasta no hace mucho era puesto como ejemplo de eficacia y eficiencia? De la única manera en que ello era posible. Con la conjunción de una gestión directiva interna desastrosa y de dudosa lealtad hacia la institución y con una supervisión externa ciega, sorda y muda, tanto a nivel nacional como europeo.

Respecto a la gestión directiva interna, tanto el anterior Consejo de Administración presidido por Ángel Ron como el que presidía hasta el 7 de junio Emilio Saracho han adoptado decisiones equivocadas que han colocado en una situación de gran deterioro en poco tiempo al Banco. No tenemos tiempo de extendernos en ello, pero algunas de esas decisiones, incluyendo la última de todas por la cual el Señor Saracho prácticamente suplica la intervención del Banco por falta de liquidez, son realmente sorprendentes y despiertan serias dudas acerca del papel jugado por la cúpula directiva en este “banquicidio”.

En relación con la supervisión externa ejercida por los organismos reguladores nacionales y europeos, hemos de recordar que el sector bancario es el más regulado por los poderes públicos por motivos obvios. La intervención pública en dichas entidades es muy intensa desde el inicio hasta el fin. Desde el inicio, porque es el poder público el que mediante la oportuna autorización administrativa permite operar en el mercado a todos y cada uno de los bancos. Hasta el final porque sabemos desde la semana pasada y sabíamos desde antes (recuérdese la intervención de Banesto en diciembre de 1993) que en menos de 24 horas el poder público puede liquidar un banco “whatever it takes” (cueste lo que cueste). Y, por el camino, la labor esencial de los poderes públicos es controlar el buen funcionamiento del negocio bancario, lo que hoy en día se lleva a cabo a través de organismos reguladores y supervisores como la Comisión Nacional del Mercado de Valores o el Banco de España a nivel nacional o el Banco Central Europeo, Autoridad Bancaria Europea y todos los órganos creados por las Directivas sobre la Unión Bancaria que han dado lugar a estos tres pilares ya citados en los que se basa la misma (MUS, MUR y FUR).

Pues bien, ¿qué han hecho todos estos organismos supervisores para evitar la liquidación total llevada a cabo el miércoles 7 de junio? Poco o nada.

En lo poco, aprobar los ratios de solvencia y liquidez del Banco Popular a través de un test de estrés llevado a cabo hace un año por la Autoridad Bancaria Europea, lo cual debería haber supuesto una garantía de confianza en el banco para sus accionistas presentes y futuros.

En la nada, consentir durante varios meses el deterioro de la acción del banco a través de la desleal gestión de sus dirigentes e incumplir por parte de la Comisión Nacional del Mercado de Valores con los deberes impuestos a dicho organismo regulador por el artículo 13, párrafo segundo, de la Ley del Mercado de Valores (velar  por la transparencia de los mercados de valores, la correcta formación de los precios en los mismos y la protección de los inversores). ¿Ha hecho algo la CNMV para salvar el progresivo deterioro de la acción del Banco Popular y proteger a sus inversores? Unos inversores que hasta en dos ocasiones acudieron a dos ampliaciones de capital llevadas a cabo por el Banco Popular en el año 2012 y 2016 y que fueron aprobadas y santificadas por la CNMV ab initio y por el Banco de España in fine. ¿Qué se ha hecho con el dinero de esas ampliaciones de capital? ¿No ha podido detectar ni la CNMV ni el Banco de España ninguna cuestión sospechosa en cuanto a la solvencia y la liquidez del Banco antes de darle el rejón de muerte? No me lo creo ¿No manejaba ni la una ni el otro información relevante como para haber acabado con el acoso y derribo sufrido por el Banco en los últimos meses? Sigo sin creérmelo.

Eso en cuanto al fondo del asunto. Recapitulo: desastrosa y desleal gestión interna de la cúpula directiva del Banco Popular, que son los principales responsables de la situación creada, y graves fallos en la supervisión de los organismos reguladores con competencias para asegurar el correcto funcionamiento del Banco y la protección de los accionistas.

Vamos con la forma. El procedimiento a través del cual se ha producido la resolución de autorrescatar el Banco Popular a costa de los accionistas y bonistas y su venta al Banco de Santander plantea serias dudas respecto de tres principios esenciales para el funcionamiento de cualquier ordenamiento jurídico en general y de un sector tan sensible como el bancario en particular. Me refiero al principio de transparencia, al de libre concurrencia y al de seguridad jurídica.

Todavía no sabemos muy bien, nueve días después de la adopción de la decisión, cuál fue el criterio último en qué se basó la Junta Única de Resolución para adoptar la decisión, ejecutada por el FROB, de intervenir el Banco. Parece ser que fue un informe de un experto independiente en el que se aseguraba que el agujero del Banco Popular era de entre 2.000 y 8.000 millones. ¡Pues vaya un experto! ¿No podría haber afinado un poco más? Parece ser que también se tomó la decisión por falta de liquidez del Banco. Pero todavía no sabemos en qué consistía esa falta de liquidez, hasta dónde alcanzaba y desde cuándo venía. Lo que sí sabemos es que, curiosamente, la falta de liquidez podría estar motivada porque los inversores institucionales (Comunidades Autónomas y Entidades Locales) retiraron importantes sumas de dinero del Banco Popular días antes de su liquidación, según reconoció el Ministro de Economía en su comparecencia en las Cortes. ¡Qué visionarios! Tampoco sabemos qué bancos estaban interesados en la compra del Popular, cómo se promovió la concurrencia para su compra y en base a qué criterios se le adjudicó al Banco Santander. Lo que sí sabemos es que todo el procedimiento, liquidación del Popular y venta al Santander, se hizo en menos de 24 horas. Todo un record.

En definitiva, el procedimiento utilizado no resiste los mínimos estándares de calidad procedimental que exige el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en situaciones de similar trascendencia respecto del cumplimiento práctico de los principios de transparencia, libre concurrencia y seguridad jurídica.

Y, ¿ahora qué? Los accionistas afectados pueden organizar su defensa desde dos puntos de vista. Primero, desde el punto de vista jurídico privado, atacando la más que dudosa gestión que del Banco Popular hizo su cúpula directiva emprendiendo frente a ella acciones de responsabilidad penal y civil. Segundo, desde un punto de vista jurídico público, exigiendo responsabilidades al Estado español y a las autoridades europeas por los fallos de supervisión y por la falta de transparencia en la decisión final de liquidación del Banco y venta a un tercero. Es nuestra obligación no engañar a los posibles afectados y decirles la verdad. Las posibilidades de que se reparen los graves perjuicios causados a los accionistas por una deficiente gestión interna del Banco o por una incomprensible inacción de los organismos supervisores no son grandes, como nos demuestra la experiencia. No obstante, existen posibilidades de que, al menos parcialmente, los tribunales consigan resarcir los importantes errores cometidos por unos y otros en todo este proceso.

Podríamos seguir llenando páginas sobre este trascendente asunto, pero va siendo hora de terminar. Y para ello es obligado realizar alguna que otra reflexión importante que nos suscita todo lo ocurrido.

¿Es esta la Unión Bancaria Europea que se nos avecina? ¿Una Unión Bancaria que naufraga estrepitosamente en la supervisión y que se revela inclemente en la liquidación de los bancos a cualquier coste? ¿Una Unión Bancaria cuyo objetivo sea crear un oligopolio bancario en el ámbito europeo que reste competencia en el sector y, consecuentemente, perjudique a los usuarios?

¿Pueden estar tranquilos los accionistas, no sólo de los bancos sino de cualquier empresa ante los errores de supervisión advertidos? Recordemos que el perjuicio que ahora han padecido los accionistas del Banco Popular no es muy distinto al que sufrieron no hace mucho los de Abengoa, por no hablar de los de Bankia.

¿Pueden hacer los organismos supervisores más de lo que hacen para proteger las inversiones de los accionistas minoritarios de las empresas cotizadas? Recordemos que la inmensa mayoría de la clase media española, como la de cualquier país occidental, deposita sus ahorros en las empresas cotizadas en la confianza de que los mecanismos de regulación y de supervisión deberían funcionar adecuadamente.

¿Debe salir gratis una gestión tan desastrosa de un Banco por parte de su cúpula directiva o los agujeros negros de supervisión que se han producido en este caso concreto?

En definitiva, ¿es esta la transparencia y la seguridad jurídica que hay que otorgar a los ciudadanos en cualesquiera relaciones jurídicas en que se vean envueltos?

Parece claro, señores accionistas, que el refranero español es, una vez más, sabio: “Cuando las barbas de tu vecino veas quemar, pon las tuyas a remojar”. Piénsense más de una vez dónde meten su dinero. Es cierto que la inversión en Bolsa goza de una máxima que no hay que desconocer: riesgo y ventura. Pero también es cierto que los mecanismos de supervisión están para algo y que tienen como objetivo básico asegurar que ese riesgo y ventura no se vea afectado por agentes contaminantes internos ni externos, logrando que la actividad bursátil se desarrolle con la mayor transparencia posible. Las reglas del juego están claras y, en este caso, sólo se han aplicado estrictamente para liquidar el Banco y machacar a los accionistas minoritarios, que eran los que menos culpa tenían. Todo parece indicar que alguien ha jugado con las cartas marcadas. Eso ya no es riesgo y ventura. Es otra cosa.

.
Fondo newsletter