«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
Hughes, de formación no periodística, es economista y funcionario de carrera. Se incorporó a la profesión en La Gaceta y luego, durante una década, en el diario ABC donde ejerció de columnista y cronista deportivo y parlamentario y donde también llevó el blog 'Columnas sin fuste'. En 2022 publicó 'Dicho esto' (Ed. Monóculo), una compilación de sus columnas.
Hughes, de formación no periodística, es economista y funcionario de carrera. Se incorporó a la profesión en La Gaceta y luego, durante una década, en el diario ABC donde ejerció de columnista y cronista deportivo y parlamentario y donde también llevó el blog 'Columnas sin fuste'. En 2022 publicó 'Dicho esto' (Ed. Monóculo), una compilación de sus columnas.

Otro derecho histórico: la amnistía

19 de septiembre de 2023

Yolanda Díaz, que además de rubia se ha hecho docta, nos explicó los tipos de amnistía: las utilitarias, las transitivas y las que resuelven ‘conflictos’, como la suya.

La izquierda tiene sus juristas de prestigio, en el sentido puro de la etimología (praestigium: engaño, truco), y ellos lo ven constitucional. Si el derecho es mera fuerza, nos queda la historia. ¿Qué dirá ella?

El New York Times explicaba días atrás que las mujeres de Estados Unidos se han dado cuenta de que los hombres piensan muy a menudo en el Imperio Romano. Constantemente. ¿En qué piensas, cariño? «Poca cosa: en medir mis actos con un modelo histórica y culturalmente coherente de virilidad estoica. ¿Te parece bien?».

Yo pienso en Roma aunque solo sea por Martín-Miguel Rubio Esteban, que parte de Grecia y acaba llegando a ella. En su último artículo en Ideas contaba que por Tito Livio sabemos que el senado de Roma, durante la República, concedió tres amnistías en quinientos años.

Tres en quinientos, algo que España va a superar solo con las concedidas a Cataluña: la otorgada por don Juan José de Austria, en nombre de Felipe IV, en 1652, y la concedida por Felipe V en 1713.

A Felipe VI le tocaría firmar otra, que no sería la tercera porque antes hubo más: la amnistía de 1977 ya satisfizo las reivindicaciones del nacionalismo catalán, Llibertat, Amnistia, Estatut d’autonomia, y la de  1936 liberó a Companys y sus consejeros tras haber proclamado, por breve aunque cruento lapso, el Estado Catalán.

España (el resto) cumplió siempre su parte del trato: el olvido.

Quizás la clasificación de amnistías de la ministra Díaz deba ampliarse: hay amnistías de transición, utilitarias, ‘conflictivas’ y luego además las catalanas.

La justificación se buscará en el habitual parloteo que mezcla privilegio inmemorial y humanitarismo fraudulento. Lo que diga un organismo supranacional suele ser palabra de Dios. ¡Los derechos humanos! Sin embargo, en 1960, en su resolución 1514, la Asamblea General de las Naciones Unidas fue lo bastante clara como para ser ignorada en lo sucesivo: «Todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas».

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