«Ser es defenderse», RAMIRO DE MAEZTU
La Gaceta de la Iberosfera
Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.
Este artículo se publicó en La Gaceta antes de convertirse en La Gaceta de la Iberosfera, no siendo entonces propiedad de Fundación Disenso.

VTC tienen que seguir cumplimentando un documento de control de cada servicio

La Federación Española del Taxi (Fedetaxi) ha celebrado este martes la sentencia de la Audiencia Nacional que mantiene en vigor la obligación de los VTC (arrendamiento de vehículos con conductor) de cumplimentar una hoja de ruta por cada servicio prestado y conservarla durante un año.

Dicho documento -con el nombre y número del DNI o NIF del arrendador y el arrendatario; fecha y hora de inicio y finalización del servicio, o la matrícula del vehículo, entre otros datos- deberá conservarse durante el plazo de un año, contado a partir de la celebración del contrato, a disposición de los servicios de inspección del transporte terrestre.

La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y Unauto-VTC contra la normativa que aprobó el Ministerio de Fomento en 2015 para regular la actuación de la prestación del servicio de las VTC y, en concreto, la obligación de estas últimas de portar dicho documento de control, algo que los demandantes entendían contrario a la Ley de Unidad de Mercado.

La sentencia mantiene en vigor dicha regulación, al entender que no supone un exceso de carga burocrática para estas empresas, que tendrán que seguir confeccionando dicho contrato y acreditarlo ante los agentes y la administración si se lo requieren, pudiendo ser sancionadas, si no lo hacen.

La patronal del taxi ha recordado, en un comunicado, que sólo la Comunidad de Madrid impuso más de 4.000 multas por este motivo en 2019.

La Audiencia también apoya la posición de los taxistas de que la conservación de dichos datos (en papel o digitalmente) es legal y no infringen la ley de protección de datos personales, ha indicado Fedetaxi.

Su secretario técnico, Emilio Domínguez, ha explicado que la sentencia, aunque es susceptible de recurso de casación ante el Tribunal Supremo (30 días de plazo), «es clave puesto que posibilita el control efectivo de este tipo de servicios y impide que las VTC circulen indocumentadas o se mantengan estacionadas para captar viajeros”.

Por otro lado “tanto el control de estos vehículos mediante un registro telemático como las regulaciones que les obligan a informar de su precontratación con 15 o más minutos de antelación dependían para su vigencia de una sentencia favorable en este asunto”, ha precisado Domínguez.

El secretario técnico de la patronal del taxi ha agregado que la CNMC también ha recurrido dicho registro telemático de los servicios de VTC, estando pendiente de dictarse sentencia por el Tribunal Supremo, que de resolver en el mismo sentido, terminaría de limitar la prestación de este tipo de servicios en España.

TEMAS |
.
Fondo newsletter