Frente a los permanentes ataques a la libertad que el gobierno socialista de Pedro Sánchez sigue asestando a nuestra nación, sólo nos queda enarbolar un movimiento de resistencia desde todos los frentes posibles. Es por ello que desde el pacto de gobierno que en verano pasado se suscribió entre VOX y el Partido Popular para Aragón figuraba el compromiso de derogar la Ley de Memoria Democrática de Aragón, lo que se ha llevado a cabo por las siguientes razones:
1. Se trataba de una ley totalitaria que imponía un deber de opinión, a través de un criterio sesgado sobre un determinado período de la Historia de España, conculcando la libertad de pensamiento, de conciencia, de expresión y de cátedra. La ley partía de la premisa de que es labor del legislador “abordar de manera serena y madura la relación con el pasado traumático vinculado a la GC y al Franquismo”. Pues bien, al legislador no le corresponde abordar la relación de los ciudadanos con el pasado histórico, eso corresponde a cada cual. Puestos a abordar la relación con el pasado traumático, también lo podría hacer con el gobierno del Frente Popular, con la Revolución de Asturias y -¿por qué no?- con el Desastre de Annual. El empeño en revisar aquella época de la Historia de España resulta un empeño tan anacrónico como el que hubiera tenido la II República en ajustar cuentas con el reinado de Isabel II.
2. Negamos la capacidad del legislador para construir la pretendida memoria democrática. La memoria es una función de la inteligencia, personal y subjetiva, no puede ser ni democrática, como tampoco puede ser elegante o razonable. La ley pretende “la construcción de una memoria compartida de la democracia”. Este es otro extremo del totalitarismo de un Estado que se atreve a decir a los ciudadanos qué es lo que deben recordar. La ley establece un pretendido “derecho de memoria” que es absurdo, pues es como si se estableciera un derecho al sentido del tacto. Una facultad de la inteligencia, personal, subjetivo, no puede ser un derecho.
La memoria democrática es una derivación de otra contradicción, la memoria histórica. Como ha explicado Stanley Payne, es un oxímoron, una contradicción sobre la que el legislador no puede operar por su propia falta de sentido jurídico.
3. La ley liquida el espíritu de reconciliación del régimen de 1978, que se fundamentó en una voluntad de entendimiento y de concordia, basado en la voluntad de no revisar, ni juzgar, la actuación de unos ni de otros. Aquel fue un largo proceso jalonado de hitos jurídicos que fueron proclamando, desde la prescripción de los delitos cometidos durante la guerra en 1969, pasando por el indulto general otorgado por el Rey, hasta llegar al reconocimiento de derechos a quienes habían luchado en el bando perdedor de la guerra. España estaba reconciliada y así vivió hasta la irrupción del deseo de venganza de la Ley de Memoria Histórica de Zapatero.
4. La Ley es falaz y sectaria cuando distingue además entre la violencia de un lado y la del otro. Llega a decir: “…las dinámicas de la violencia fueron muy diferentes en ambos casos: el terror caliente de los primeros meses en territorio republicano fue refrenado pronto por las incipientes estructuras políticas surgidas en el vacío de poder que había generado el golpe de Estado, mientras que el franquismo sistematizó la violencia sobre los contrarios y un cada vez más amplio espectro de víctimas…”. La ley introduce una opinión histórica muy discutible, pues no cabe duda que para las familias de los más de cuatro mil asesinados en Aragón por las milicias del Frente Popular no les parecerá que el terror rojo fuera refrenado de forma tan ordenada.
5. La ley convierte a auténticos asesinos del terror rojo en víctimas. A este efecto perverso de la ley se llega al declarar radicalmente injustas todas las condenas surgidas de la guerra, y otorgar la condición de víctimas a todos aquellos que fueron condenados durante el régimen de Franco. Como se comprenderá, las condenas de los asesinos que mataron a más de cuatro mil personas en la retaguardia republicana de Aragón no pueden ser borradas de tal suerte que se les pueda llegar a considerar víctimas.
6. La ley llega al sarcasmo de otorgar la condición de víctima a algunos partidos políticos o sindicatos. Se trata de que aquellas mismas organizaciones que deberían esconder sus crímenes puedan ahora participar de un obsceno festín de la revancha. ¿Cómo podrá considerarse víctima un PSOE que regentó checas y comandó milicias de asesinos durante la guerra?
7. El afán tiránico de la ley llega a extremos delirantes como el de proclamar como objetivo el de “avanzar en la construcción de una genealogía democrática compartida por el conjunto de la sociedad”, o de que “la sociedad aragonesa sea consciente de su pasado” y dice basarse en los principios de “verdad, justicia y reparación”. Ese presunto principio de verdad es aquel con el que el Estado se arroga la capacidad para declarar cuáles fueron los verdaderos hechos históricos, sus causas y sus consecuencias. El abuso demagógico del adjetivo democrático recuerda al de los regímenes comunistas que se hacían llamar “democracias populares” como la funesta República Democrática de Alemania, que por ser tan democrática tuvo que levantar el Muro de Berlín para que no escaparan sus atormentados súbditos.
8. La ley crea todo un artefacto administrativo para velar por su verdad histórica y perseguir a los discrepantes o disidentes. Crea un Centro de Investigación de la Memoria Democrática, un Censo de la Memoria Democrática, una Comisión Técnica de la Memoria Democrática… Y hasta impone su inclusión en los planes de formación docente y en los planes de estudios. En los centros públicos se adoctrinará a los niños en cada uno de los cursos con actividades relativas a la “memoria democrática” y hasta se evaluará el grado de conocimiento en las pruebas de acceso a la universidad.
9. E impone un régimen sancionador arbitrario según el cual, cualquier expresión que se pudiera considerar vejatoria de las “víctimas” de la guerra o la dictadura, -dándose el caso, recordemos una vez más, que podría tratarse de los propios asesinos- se considerará una infracción grave que lleva aparejada una multa de 2.000 a 10.000 euros. Y cuidado con que alguien tuviera la tentación de reincidir, las multas podrían llegar entonces a los 150.000 euros.
10. Como ley injusta se sostiene sobre fundamentos arteros y antijurídicos. La chapuza legal de la que algunos se muestran tan orgullosos termina de forma estruendosa: “Es competente para la incoación y resolución de los procedimientos sancionadores por las infracciones tipificadas en esta ley la persona titular del departamento competente en materia de memoria democrática” (art. 50), sin aclarar quién es este nuevo inquisidor que persiga a los que se atrevan a pensar diferente.
Sorprende que haya todavía quienes defiendan una ley tan funesta para la libertad.
José María Blanco Corredoira es escritor y poeta