
La Unión Europea permite desde hace años que los autónomos con una facturación anual inferior a 85.000 euros queden exentos de aplicar el IVA en sus facturas, pero el Gobierno de Pedro Sánchez todavía no ha incorporado este sistema a su legislación. La normativa comunitaria debía haberse aplicado antes del 1 de enero de 2025, un plazo que el Ejecutivo no ha cumplido y que ha llevado a Bruselas a iniciar un procedimiento de infracción contra el país.
El régimen está recogido en la Directiva (UE) 2020/285 del Consejo de la Unión Europea, que autoriza a los Estados miembros a implantar un sistema especial de franquicia del IVA para pequeñas empresas. El objetivo es aliviar las cargas fiscales y administrativas que soportan los negocios de menor tamaño y facilitar su actividad.
En España el colectivo potencialmente beneficiado es amplio. Más de 3,4 millones de personas están afiliadas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), un grupo que representa aproximadamente la mitad de las empresas activas del país y que genera más de 1,1 millones de empleos.
La normativa europea contempla un sistema conocido como «IVA franquiciado«. A través de este mecanismo, los profesionales que no superen el umbral de facturación fijado —con un máximo de 85.000 euros anuales— pueden quedar exentos de repercutir el impuesto en sus facturas.
Más allá del impacto fiscal, el principal cambio afecta a la burocracia que soportan estos trabajadores. Los autónomos acogidos al sistema dejarían de presentar las declaraciones trimestrales del IVA y el resumen anual del impuesto, lo que reduciría de forma significativa los trámites administrativos y los costes de gestión asociados a su actividad.
El modelo también implica ciertas limitaciones. Los profesionales que opten por este régimen no podrán deducirse el IVA soportado en sus compras ni incluir el impuesto en las facturas emitidas a sus clientes. Además, el sistema es voluntario, por lo que cada autónomo puede decidir si mantiene el régimen ordinario.
El retraso en la aplicación de la normativa ha provocado la intervención de Bruselas. La Comisión Europea envió primero una carta de notificación formal a España y posteriormente emitió un dictamen motivado tras comprobar que la directiva seguía sin incorporarse al ordenamiento jurídico nacional.
Según fuentes comunitarias, las autoridades españolas reconocieron que aún no habían aprobado las disposiciones necesarias para implantar el sistema y se comprometieron a hacerlo antes de finales de 2025. Sin embargo, por el momento no consta que el Ejecutivo haya notificado la adopción de estas medidas.
Bruselas también ha advertido de otro incumplimiento relacionado con esta directiva. España todavía no ha establecido los mecanismos necesarios para que las empresas nacionales puedan acogerse a este régimen cuando venden bienes o prestan servicios en otros Estados miembros, algo que sí contempla la normativa europea.
Si la situación se mantiene, el procedimiento de infracción podría terminar ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Mientras tanto, el régimen especial de IVA que la Unión Europea permite para pequeñas empresas continúa sin aplicarse en España.