El Gobierno vasco ha autorizado la aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario a Garikoitz Aspiazu Rubina, conocido como «Txeroki», exjefe de ETA, lo que le permitirá salir del centro penitenciario de Martutene entre semana para trabajar o realizar actividades de voluntariado, regresando únicamente para pernoctar y permaneciendo en prisión los fines de semana.
La medida, sustentada en un informe de la Junta de Tratamiento, fue aplicada de manera inmediata. Aspiazu abandonó el centro penitenciario este viernes alrededor de las ocho de la mañana y regresó poco antes de las 21:00 horas, según fuentes conocedoras de la decisión.
Garikoitz Aspiazu cumple condena en España desde agosto de 2024, tras haber sido entregado por Francia. Su excarcelación definitiva está prevista para el 19 de julio de 2027. Aunque acumula condenas que superan los 400 años de prisión por diversos atentados terroristas, el límite máximo de cumplimiento efectivo de penas en España, junto con el cómputo de condenas cumplidas en territorio francés, hará que su estancia real en prisión no alcance los 19 años.
El artículo 100.2, de carácter excepcional, permite flexibilizar el régimen penitenciario sin necesidad de conceder el tercer grado. A diferencia de este, la Fiscalía carece de capacidad para recurrir directamente la aplicación del precepto, aunque puede elevar un informe al juez de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, que conserva la última palabra. Desde el Gobierno vasco se señala que, en la práctica, es poco habitual que estas decisiones sean revocadas.
Aspiazu tuvo un papel destacado en el denominado «comando Bizkaia» tras la ruptura de la tregua de Lizarra. Fue condenado, entre otros delitos, por los atentados contra Eduardo Madina y Esther Cabezudo, así como por el intento de asesinato de la periodista Marisa Guerrero mediante un paquete bomba. También se le atribuye la participación en el asesinato de los guardias civiles Raúl Centeno y Fernando Trapero en Capbreton. Fue procesado por el asesinato del juez José María Lidón, aunque resultó absuelto en este caso.
La decisión del Ejecutivo autonómico ha suscitado críticas por parte de asociaciones de víctimas del terrorismo, que consideran que el uso del artículo 100.2 constituye una «amnistía encubierta» y denuncian la falta de arrepentimiento o colaboración con la Justicia por parte de los beneficiarios de estas medidas. Organizaciones como Covite, la AVT y Dignidad y Justicia han expresado su rechazo a la flexibilización penitenciaria.
El Ejecutivo autonómico, por su parte, insiste en que la medida se ajusta a la legalidad vigente y al marco competencial asumido tras el traspaso de Prisiones.