«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
Este artículo se publicó en La Gaceta antes de convertirse en La Gaceta de la Iberosfera, no siendo entonces propiedad de Fundación Disenso.

Cinco nuevas sentencias en Cataluña para asegurar el castellano en las aulas

Imagen de niños en un colegio

A pesar de las reiteradas sentencias judiciales, únicamente doce escuelas catalanas ofertan el 25% de las horas lectivas en castellano.

La Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB) ha recibido cinco nuevas sentencias de los tribunales que obligan a garantizar el 25% de castellano en las aulas catalanas. Según la asociación, los pronunciamientos judiciales confirman que el modelo de la escuela catalana es el de conjunción lingüística, en el que conviven como lenguas vehiculares de enseñanza y aprendizaje el catalán y el castellano.
La sentencia de 16 de febrero de 2018 reconoce a Ana Moreno (la madre de Balaguer, que sufrió un tremendo acoso de partidos y entidades nacionalistas) el derecho a que sus hijos reciban, junto con sus compañeros de clase, un mínimo del 25% de las horas lectivas en castellano, incluyendo, además de la docencia de esta lengua, al menos otra asignatura no lingüística de carácter troncal.

Una enorme presión social

Los dos hijos de Ana Moreno, como consecuencia de la presión social a que fue sometida la familia -que incluso se vio obligada a vender su negocio- tuvieron que abandonar el centro Gaspar de Portolà (de Balaguer) para continuar sus estudios en centros educativos fuera de la comarca de La Noguera.
En estas circunstancias, la trascendencia de la sentencia radica en que esta determina que el derecho de la familia a la educación bilingüe se extiende a estos centros. En otras palabras, que el cambio de colegio no supone la pérdida del derecho a la aplicación del modelo de conjunción lingüística para quienes lo han solicitado en un proceso judicial.
Los términos de la sentencia mantienen la doctrina de otras previas, entre ellas cuatro muy recientes: tres de 20 de octubre de 2017 y una de 15 de diciembre. Estas sentencias, que reconocieron el derecho a la escolarización bilingüe para los hijos de cuatro familias del Colegio Concertado El Pinar de Nuestra Señora, de Sant Cugat del Vallès, han devenido firmes al no haber sido recurridas por el Departamento de Enseñanza de la Generalitat. El número de grupos-clase afectados por esas sentencias ha conllevado la implantación de un modelo generalizado de escuela bilingüe en ese centro.
‘’A raíz de los reiterados pronunciamientos judiciales que, como estos, fijan de forma unánime que el modelo educativo catalán es de conjunción lingüística (y no de inmersión lingüística obligatoria), la AEB hace un llamamiento a la responsabilidad de las instituciones, fuerzas políticas y asociaciones que participan en las actividades de la comunidad educativa para que respeten la legalidad, dejen de instrumentalizar la escuela con fines identitarios y, sobre todo, hagan lo necesario para que cesen definitivamente las lamentables prácticas de aislamiento social, cuando no acoso, que padecen las familias que solicitan una enseñanza también en castellano para sus hijos’’, defiende la asociación.

Sólo 12 centros garantizan la educación en castellano

Sólo una docena de escuelas catalanas están impartiendo el 25 % de clases en castellano, tras solicitarlo las familias y en cumplimento de varias sentencias dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).
Las escuelas que desde el curso 2014-15 han impartido o imparten, de forma cautelar, el 25 % de las materias en lengua castellana atendiendo a sentencias del TSJC están en las localidades de Castelldefels, Sant Cugat, Balaguer, Tarragona, Cunit, Salou, Sabadell, Vilanova i la Geltrú, Barcelona y Sant Fost de Campsentelles.
De hecho, el curso 2014-15 arrancó marcado por las sentencias del 25%, ya que en mayo de 2015, el Tribunal Supremo hizo pública una sentencia que ratificaba otra anterior del TSJC que obliga a la Generalitat a impartir un 25 % de horas lectivas en castellano en las escuelas de esta comunidad y que ello incluyese una asignatura troncal en esta lengua.
En su sentencia, el TS consideró justificado que el TSJC fijase el citado 25 % porque la Generalitat “había hecho dejación de esa potestad y desatendido los sucesivos requerimientos efectuados para que se ejecutaran las sentencias del alto tribunal que obligaban a dar cumplimiento al carácter de lengua vehicular del castellano”.
La entonces consejera de Enseñanza, Irene Rigau, consideró que el Tribunal Supremo “no tenía competencias para modificar ni instar un cambio del modelo educativo catalán aprobado por el Parlament” y que afirmó que el 25 % en castellano sólo se aplicaría en los casos en que las familias lo pidiesen.
En el mismo curso 2014-15, entró en vigor la disposición adicional 38 de la Ley de Mejora de la Educación (LOMCE), en la que se reconoce el derecho de padres y madres del alumnado que curse educación básica en Comunidades Autónomas con lengua coofial a obtener una compensación por los gastos escolarización en un centro docente privado en el que el castellano sea utilizado como lengua vehicular, al no recibirla en un centro público.
Alguna publicidad valiente y la ayuda desinteresada de muchos lectores como tú han hecho posible esta noticia. Conoces nuestra línea editorial, a contracorriente de la ideología dominante y desacomplejadamente comprometida con la dignidad humana, la unidad de España y la identidad de Europa. No es fácil ni es barato sostener un medio de comunicación que beba de estos postulados, siempre contra los más poderosos. Por eso te pedimos que nos ayudes con una aportación, que formes parte de nuestro proyecto, que ayudes a que sigamos incordiando al Poder. Puedes hacerlo de varias maneras, infórmate aquí.

¿Que no hay adoctrinamiento escolar en Cataluña? Van 25 ejemplos

TEMAS |
+ en
Fondo newsletter