La Audiencia de Valladolid ha condenado a 18 años de prisión a Kelly J. O., de origen colombiano, considerada la principal responsable de una red de trata de seres humanos con fines de explotación sexual desarticulada por la Policía Nacional en la denominada «Operación Desalia».
El tribunal considera probado que la condenada cometió tres delitos de trata de seres humanos con fines de explotación sexual en concurso medial con otros tres delitos de prostitución coactiva. Por cada uno de ellos le impone seis años de cárcel. Además, deberá indemnizar con 10.000 euros a cada una de las tres víctimas.
La red operó entre marzo de 2022 y finales de diciembre de 2023 en un piso situado en la calle Gabilondo de Valladolid. Según la sentencia, las mujeres eran captadas en Colombia y Venezuela mediante falsas ofertas de trabajo y, una vez en España, eran obligadas a prostituirse bajo control de sus explotadores.
La Audiencia también ha condenado a cinco años de prisión al hijo de Kelly, Luis Ángel, por un delito de la misma naturaleza, y a cinco años y un día a Esneider D. A. B., acusado de captar a una de las víctimas en Colombia. Ambos deberán indemnizar de forma conjunta y solidaria con la principal condenada a una de las mujeres con 10.000 euros por daños morales.
El cuarto acusado, Janner D. M., novio de Luis Ángel, ha sido absuelto al no quedar probada su participación en los hechos.
Durante el juicio, la Fiscalía sostuvo que los acusados integraban un entramado criminal dedicado a traer mujeres a España desde Iberoamérica bajo engaño. El fiscal resumió la situación de las víctimas con una frase contundente: «Los acusados tenían a las mujeres como animales estabulados esperando a los clientes».
La acusación pública había pedido inicialmente 27 años de prisión para Kelly J. O., nueve años para Luis Ángel y Janner D. M., y rebajó de 18 a diez años su petición para Esneider D. A. B. También reclamaba indemnizaciones de 80.000 euros para cada una de las tres víctimas.
Según el relato del Ministerio Fiscal, la prueba contra los acusados se basaba en los testimonios de las mujeres, en conversaciones intervenidas entre explotadores y víctimas y en un cuaderno hallado en la vivienda de Kelly en Torrelavega, en Cantabria. En él figuraban nombres de víctimas y cantidades cobradas por servicios de prostitución, que en muchos casos eran ingresadas a la acusada mediante Bizum.
Las víctimas fueron trasladadas a distintos pisos del norte de España y movidas cada cierto tiempo para dificultar su localización y aumentar su sensación de desarraigo. La Fiscalía subrayó que las tres mujeres, pese a no conocerse entre ellas, ofrecieron relatos casi idénticos sobre el modo de captación, traslado y explotación.
Kelly J. O. abonaba los billetes de avión y las reservas de hotel, con costes de entre 700 y 1.500 euros. Después exigía a las mujeres entre 5.500 y 6.500 euros, una deuda que debían devolver prostituyéndose y que se incrementaba con el pago de habitaciones, desplazamientos y anuncios en páginas de contactos.
Las mujeres, según la acusación, estaban sometidas a jornadas maratonianas, incluso durante la menstruación, y recibían apenas 50 euros semanales para comer. Nada más llegar a España, les retiraban el pasaporte, una práctica que el fiscal definió como «la mejor forma de tenerlas controladas y evitar su huida».
Sólo una de las víctimas sabía que venía a España para ejercer la prostitución, aunque no en condiciones de control y ausencia de libertad. Las otras dos llegaron convencidas de que iban a trabajar como modelos o en cámaras eróticas, sin contacto directo con clientes.
Kelly J. O. negó durante el juicio haber obligado a las mujeres a prostituirse. Aseguró que únicamente les prestaba dinero para viajar a España y que después les pedía la devolución del importe adelantado y una comisión. «Me han presentado como un monstruo», afirmó ante el tribunal.
La condenada sostuvo además que las denuncias tenían como objetivo «lograr papeles» al presentarse las mujeres como víctimas de trata. Su hijo también negó haber participado en la explotación y explicó que sólo acudió a recoger a una de las jóvenes por encargo de su madre.
Esneider D. A. B., condenado por la captación de una de las víctimas, alegó que fue la propia denunciante quien le pidió ayuda para viajar a España y que él se limitó a ponerla en contacto con Kelly. También afirmó haber sido víctima de una red de trata en Holanda y se definió como «trabajador autónomo de la prostitución».
La sentencia sitúa el caso dentro de uno de los fenómenos criminales más graves vinculados a la inmigración ilegal y a la explotación de mujeres vulnerables: redes que utilizan la promesa de empleo en España para endeudar, controlar y someter a víctimas extranjeras, privadas de documentación y sin margen real para escapar.