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Este artículo se publicó en La Gaceta antes de convertirse en La Gaceta de la Iberosfera, no siendo entonces propiedad de Fundación Disenso.

Sólo doce escuelas en Cataluña imparten el 25% de clases en castellano

Imagen de un aula

Una docena de escuelas catalanas están impartiendo el 25 % de clases en castellano, tras solicitarlo las familias y en cumplimento de varias sentencias dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).

La medida de aplicación del 25 % consiste en ofrecer una materia utilizando el castellano como lengua vehicular, «que cada escuela puede escoger en función de sus características y proyecto educativo y que afecta a la clase del niño cuya familia lo haya solicitado » han informado a Efe fuentes del departamento de Enseñanza.
Las escuelas que desde el curso 2014-15 han impartido o imparten, de forma cautelar, el 25 % de las materias en lengua castellana atendiendo a sentencias del TSJC están en las localidades de Castelldefels, Sant Cugat, Balaguer, Tarragona, Cunit, Salou, Sabadell, Vilanova i la Geltrú, Barcelona y Sant Fost de Campsentelles.
De hecho, el curso 2014-15 arrancó marcado por las sentencias del 25%, ya que en mayo de 2015, el Tribunal Supremo (TS) hizo pública una sentencia que ratificaba otra anterior del TSJC que obliga a la Generalitat a impartir un 25 % de horas lectivas en castellano en las escuelas de esta comunidad y que ello incluyese una asignatura troncal en esta lengua.
En su sentencia, el TS consideró justificado que el TSJC fijase el citado 25 % porque la Generalitat «había hecho dejación de esa potestad y desatendido los sucesivos requerimientos efectuados para que se ejecutaran las sentencias del alto tribunal que obligaban a dar cumplimiento al carácter de lengua vehicular del castellano».
La entonces consejera de Enseñanza, Irene Rigau, consideró que el Tribunal Supremo (TS) «no tenía competencias para modificar ni instar un cambio del modelo educativo catalán aprobado por el Parlament» y que afirmó que el 25 % en castellano sólo se aplicaría en los casos en que las familias lo pidiesen.
En el mismo curso 2014-15, entró en vigor la disposición adicional 38 de la Ley de Mejora de la Educación (LOMCE), en la que se reconoce el derecho de padres y madres del alumnado que curse educación básica en Comunidades Autónomas con lengua coofial a obtener una compensación por los gastos escolarización en un centro docente privado en el que el castellano sea utilizado como lengua vehicular, al no recibirla en un centro público.
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