«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
El Gobierno de Sánchez se justifica en que es «legislación europea»

El CGPJ cuestiona la «Ley de protección digital infantil» de Pedro Sánchez: «Hay déficits de seguridad jurídica»

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. Europa Press

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha detectado «déficits de precisión y seguridad jurídica» en la ley impulsada por el Gobierno de Sánchez para limitar el acceso a los menores a los entornos digitales, actualmente en tramitación parlamentaria en el Congreso de los Diputados. El órgano de gobierno de los jueces aprobó en 2024 su informe sobre el anteproyecto, en el que alerta de que algunas de sus medidas pueden generar conflictos con otros derechos fundamentales.

Uno de los puntos más controvertidos es la elevación de 14 a 16 años de la edad mínima para que los menores puedan acceder a redes sociales como Instagram o TikTok. Según el CGPJ, esta modificación puede provocar «una disonancia» y «tensiones» con derechos como la intimidad y la propia imagen, para cuyo ejercicio «basta la suficiente madurez de juicio», sin necesidad de haber cumplido los 16 años.

La norma, en cuya elaboración han participado hasta seis ministerios, fue remitida a consulta a distintos organismos antes de llegar al Congreso. Entre ellos figuran la Agencia Española de Protección de Datos, el Consejo Fiscal, el Consejo Estatal de Participación de la Infancia y de la Adolescencia y la Comisión Europea. Sin embargo, según publica El Mundo, el texto no fue enviado al Consejo de Estado, el máximo órgano consultivo del Ejecutivo.

Desde el Ministerio de Justicia justifican esta ausencia señalando que «no se envió porque el informe no era preceptivo». En la misma línea, fuentes del Ministerio de Juventud e Infancia sostienen que «los proyectos de ley sólo pasan por el Consejo de Estado cuando son desarrollo de normativa de la UE, y éste no era el caso».

El Gobierno defiende que la ley se apoya en una estrategia europea que insta a adoptar medidas como las recogidas en el texto, y subraya que la fijación de los 16 años coincide con la edad establecida por una norma comunitaria para el consentimiento en materia de protección de datos. Además, el CGPJ reconoce que la tipificación penal de las imágenes manipuladas o deepfakes «viene a cumplir» un mandato de una directiva europea.

Otros órganos consultivos también han expresado reparos. El Consejo Económico y Social (CES) manifestó «dudas sobre su coherencia y compatibilidad con normativa comunitaria», así como la existencia de «omisiones» y aspectos «susceptibles de mejora».

El CGPJ insiste en que la ley se apoya en el principio de protección de la infancia y la juventud, «una finalidad demasiado general como para cumplir las exigencias constitucionales de claridad y precisión». Asimismo, reclama una definición «en términos precisos y claros» de los supuestos que permitirían a la CNMC restringir servicios digitales.

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