El gobierno autonómico de Cataluña ha hecho públicos este sábado cuatro informes jurídicos que avalan la posibilidad de prohibir la compra libre de vivienda, para combatir la «especulación», una medida considerada condición necesaria para que los «Comunes» apoyen los presupuestos de la Generalitat correspondientes al presente ejercicio. Los documentos, encargados a expertos independientes, analizan la viabilidad constitucional y jurídica de limitar determinadas adquisiciones inmobiliarias con fines distintos a la residencia habitual.
El Ejecutivo catalán y Comuns constituyeron en noviembre de 2025 un grupo de trabajo conjunto integrado por juristas y especialistas en urbanismo y vivienda para estudiar medidas orientadas a restringir la compra libre de vivienda. El objetivo del grupo ha sido examinar los márgenes normativos disponibles dentro del ordenamiento jurídico vigente y determinar el alcance competencial de la comunidad autónoma en materia de vivienda y mercado inmobiliario.
En el grupo han participado el exmagistrado del Tribunal Constitucional Carles Viver i Pi-Sunyer, así como las expertas Rosa Fornas y Fuentsanta Alcalá, y los juristas Pablo Feu y Jaime Palomera, especializados en derecho urbanístico y políticas públicas de vivienda. Los informes presentados constituyen el resultado de los trabajos desarrollados durante los últimos meses.
Uno de los documentos, titulado ‘Informe sobre la constitucionalidad de las intervenciones del derecho administrativo en referencia a la limitación del derecho de propiedad’, firmado por Viver i Pi-Sunyer, sostiene que las comunidades autónomas están constitucionalmente habilitadas para establecer límites al derecho de propiedad privada en el ámbito de sus competencias. El texto argumenta que, conforme al principio de concurrencia competencial, las autonomías pueden emplear instrumentos propios del derecho administrativo para regular no solo las relaciones entre particulares y administraciones públicas, sino también «determinadas relaciones entre particulares, siempre que exista una finalidad de interés general».
El informe subraya que la función social de la propiedad, reconocida en la Constitución, «permite modular el contenido del derecho dominical mediante normas que persigan garantizar el acceso a la vivienda». En este contexto, se analiza la posibilidad de introducir restricciones específicas a la compra libre de vivienda cuando esta no tenga por destino la residencia habitual del adquirente.
Otro de los estudios, denominado ‘Informe sobre la viabilidad jurídica de intervenir en el mercado inmobiliario para limitar las adquisiciones de vivienda para destinarlos a la residencia habitual propia’, elaborado por el abogado Pablo Feu, examina la intervención pública en el mercado inmobiliario desde la perspectiva constitucional y europea. El documento concluye que la situación actual del acceso a la vivienda, junto con los pronunciamientos del Parlamento Europeo sobre fenómenos de tensión en los mercados residenciales, justifica una actuación reforzada de los poderes públicos.
Según este informe, la necesidad de revertir dinámicas de encarecimiento y restricción de la oferta destinada a residencia habitual encuentra respaldo en el artículo 47 de la Constitución, que reconoce el derecho a una vivienda digna y adecuada. En consecuencia, se considera jurídicamente viable articular medidas orientadas a limitar la compra libre de vivienda cuando esta incida negativamente en el cumplimiento de dicho mandato constitucional.
Los otros dos informes abordan aspectos técnicos complementarios relativos al encaje normativo y a los instrumentos administrativos susceptibles de aplicación.