El Tribunal Constitucional (TC) ha aprobado la sentencia con la que avala la amnistía, donde se incluye como novedad su análisis sobre el encaje de la norma en el marco europeo de lucha antiterrorista y de órdenes europeas de detención y entrega (OEDEs), descartando que haya vulneración alguna en este sentido. En concreto, valida el precepto de la ley que indica que, una vez amnistiado un delito, las OEDEs vinculadas al mismo quedarán sin efecto.
Fuentes jurídicas han explicado que la ponencia redactada por la vicepresidenta del TC, la magistrada izquierdista Inmaculada Montalbán, no incluyó este estudio al considerar que no había carga alegatoria suficiente para ello en el recurso presentado, pero finalmente ha decidido incorporarlo a la sentencia a sugerencia de sus compañeros de bloque. Respecto a «la falta de taxatividad e imprecisión en la determinación de los delitos amnistiables», el TC no aprecia «ninguna quiebra a la seguridad jurídica».
A eso suma que el preámbulo de la ley de amnistía hace «referencia expresa y directa» a dicha directiva, algo que interpreta como «la voluntad del legislador nacional de cohonestar el ámbito de aplicación de la ley con el Derecho de la Unión». «Como expresamente se indica, la norma pretende reflejar el ‘compromiso con la protección de los derechos fundamentales, equilibrando la amnistía con el respeto por los derechos humanos y los compromisos internacionales de España'», dice.