La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) ha rebajado de 12 a 7 años de cárcel la pena impuesta por la Audiencia Provincial de Pontevedra a un individuo de La Estrada (Pontevedra) por violar a su novia.
Según explica el tribunal en su sentencia, en aplicación de la conocida como ley del «sólo sí es sí», la pena del individuo, que violó con actos «particularmente degradantes o vejatorios» a su novia, con el agravante de parentesco y el atenuante de alteración psíquica por consumo de alcohol y drogas, se reduce en cinco años.
El TSJG explica que entre la legislación aplicada por el tribunal de instancia, que era la vigente en el momento en el que ocurrieron los hechos, y la actual, prima la que es más favorable al reo.
Los magistrados indican que en el informe médico forense «se expresa con claridad que se han detectado signos de violencia en la superficie corporal, abundantes, y compatibles con lo que relata la persona explorada, y, lo que es más importante, se han detectado lesiones en la región paragenital, equimosis en la raíz del muslo derecho, muy significativas porque pueden indicar un forcejeo para separar los muslos».
En el informe se describen «las múltiples lesiones sufridas por la víctima», señalan, al tiempo que recalcan que es evidente «que la agresión se ha producido con una importante brutalidad».
Los hechos ocurrieron en diciembre de 2021, cuando la víctima se negó a mantener relaciones sexuales con su novio, por lo que el varón «se enfureció» y comenzó a agredirla y a violarla. La mujer murió el 13 de junio de 2022 por causas ajenas a los hechos, pero su testimonio fue incorporado a la causa.