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Alegó que no tiene competencia

El TSJM obliga al Gobierno de Ayuso a «razonar» su negativa a declarar Bien de Interés Cultural el Valle de los Caídos

Valle de los Caídos. Europa Press

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) obliga en una sentencia a la Comunidad de Madrid a «razonar» porque no quiere declarar Bien de Interés Cultural (BIC) el Valle de los Caídos al considerar que los particulares que lo soliciten tienen derecho a obtener «una respuesta expresa y razonada» sobre la procedencia o no de la incoación del expediente.

En la resolución, los magistrados estiman parcialmente el recurso interpuesto por la Asociación para la Defensa del Valle de los Caídos contra la desestimación presunta de la solicitud presentada ante la Dirección General de Patrimonio Cultural para la incoación de procedimiento de declaración de Bien de Interés Cultural del Conjunto Monumental del Valle de los Caídos.

La Sala acuerda condenar a la Administración demandada a que resuelva razonadamente sobre la procedencia de iniciar el procedimiento instado y notifique su decisión a la asociación recurrente. La presente sentencia es susceptible de recurso de casación.

La Comunidad de Madrid alegó en el procedimiento que «no tiene competencia para declarar BIC» el monumento que alberga la cruz más alta de la Cristiandad.

Los magistrados exponen ahora que los particulares, aunque puedan instar dicha declaración, «no tienen un derecho subjetivo a obtener la declaración como BIC, ni siquiera a que se incoe necesariamente el expediente previo conforma a lo solicitado».

Sin embargo, señala que es «indudable que esos particulares (…) sí tienen derecho a obtener una respuesta expresa y razonada sobre la procedencia o no de la incoación del expediente».

Según la Ley de Patrimonio Histórico Español, las comunidades autónomas tienen competencia para declarar BIC a aquel bien inmueble que, encontrándose en su territorio, goce de valor histórico o cultural, siempre y cuando hayan asumido esa competencia estatutariamente —como es el caso de la Comunidad de Madrid—.

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