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GRACIAS A LA LEY DEL «SÓLO SÍ ES SÍ»

La Audiencia de Cáceres rebaja tres años la pena a un condenado por agresión sexual

La ministra de Igualdad, Irene Montero. Europa Press

La Audiencia Provincial de Cáceres ha rebajado tres años la pena de cárcel, de 12 a 9, a un condenado por dos delitos de agresión sexual, merced a la revisión de la pena que ha propiciado la ley conocida como «solo sí es sí», promovida por el Gobierno nacional.

El reo cumplía en la actualidad una condena de 27 años por dos delitos de agresión y uno de detención ilegal, y el auto dictado por la Audiencia ha acordado la rebaja en uno de los dos primeros, al aplicarse el principio constitucional de retroactividad de la ley penal más favorable al condenado.

De esta forma, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx), se acuerda una rebaja de doce a nueve años en el segundo de los delitos de agresión sexual, y se reduce la pena de prohibición de acercamiento y comunicación con la víctima, reduciéndose de 20 a 15 años.

Asimismo, la nota del TSJEX subraya que la Sala de la Audiencia expone que en el primero de los delitos no cabe la revisión, «ya que con la nueva redacción del artículo 179 del Código Penal, las penas se impondrán en su mitad superior, sin embargo, en el segundo delito de agresión sexual, aplicándose los artículos 178, 179 y 180, se castiga la conducta, pero es evidente que ha lugar la revisión».

En cualquiera de los casos, y tras constatarse que el Ministerio Fiscal se mostró favorable a la revisión de la condena, cabe recordar que contra este auto cabe interponer un recurso de apelación ante el TSJEx.

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