«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
Por la falta de coordinación

La Fiscalía admite «dificultades» para materializar las expulsiones de los inmigrantes que cometen delitos: «Muchas veces no son localizados»

Llegada de una patera a El Hierro. Europa Press

Según un informe de la Fiscalía General del Estado (FGE) —consultado por LA GACETA— en 2024 sólo se solicitaron 294 internamientos en Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE). Estos internamientos, que sirven para preparar la expulsión administrativa de inmigrantes en situación ilegal, se dividieron en 156 solicitudes basadas en la Disposición Adicional 17.ª de la Ley Orgánica 19/2003 y 138 bajo el artículo 89.6 del Código Penal (CP).

Esto representa apenas un 0,5% de las entradas ilegales registradas durante todo el 2024, lo que sugiere una falta de voluntad real por parte del Gobierno para ejecutar expulsiones efectivas. Esto ocurre porque actualmente estos internamientos en CIE no se aplican automáticamente a todos los inmigrantes ilegales, sino que se han convertido en una herramienta residual para aquellos que se encuentran ante procesos penales. El bajo número de solicitudes destaca la ineficacia en la gestión administrativa de la inmigración ilegal, donde la mayoría de las entradas no derivan en medidas inmediatas de retorno, permitiendo una permanencia indefinida en el país.

Por otro lado, el informe de la FGE expone graves problemas en el sistema de expulsiones sustitutivas en el ámbito penal. Estas expulsiones, reguladas por el artículo 57.7 de la Ley Orgánica sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social (LOEX) y el artículo 89 del CP, se aplican a extranjeros que han cometido delitos en España, independientemente de cómo entraron al país (ya sea de forma legal o ilegal). El sistema penal debería expulsarlos como alternativa a la prisión. Sin embargo, los fiscales denuncian un mecanismo lleno de obstáculos que lo hace inoperativo en muchos casos, favoreciendo la impunidad y complicando el control migratorio general.

Uno de los principales obstáculos en las expulsiones penales es el retraso sistemático en los procesos. Los fiscales explican que estas demoras afectan tanto a las expulsiones bajo el artículo 57.7 LOEX (que sustituyen el proceso penal en sí) como a las del artículo 89 CP (que reemplazan una pena de prisión). Las causas incluyen «el colapso que sufren los juzgados» que hace «que el investigado o penado no sea localizado», quienes a menudo cambian de residencia o se ocultan; y la práctica común de decidir sobre la expulsión no en la sentencia inicial, sino en una fase posterior llamada «de ejecución», lo que alarga todo el procedimiento.

Además, la Fiscalía admite que muchos jueces y tribunales no cumplen con su obligación legal de notificar de inmediato los fallos condenatorios a las autoridades administrativas responsables de las expulsiones, violando la Disposición Adicional 17.ª de la LO 19/2003 y el artículo 257 del Reglamento de la LOEX (RELOEX). Esta falta de coordinación entre el poder judicial y el administrativo convierte las expulsiones en un trámite lento y burocrático, permitiendo que extranjeros con delitos pendientes permanezcan en España durante meses o años.

En concreto, en 2024 los fiscales emitieron 1.117 informes sobre posibles expulsiones de extranjeros involucrados en causas penales. Estas cifras se concentran en regiones como Madrid (204 informes), Andalucía (117) y la Comunidad Valenciana (108). Sin embargo, los delegados especializados en Trata y Extranjería destacan que controlar esta materia es «imposible» porque depende de la iniciativa individual de cada fiscal en sus casos asignados. A esto se suman problemas técnicos, como fallos recurrentes en el sistema de registro digital llamado Fortuny, que dificultan el seguimiento y la estadística precisa.

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