
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado en costas a la Cruz Roja por intentar reclamar una herencia con base en un testamento que fue invalidado por los tribunales debido al deterioro mental de la testadora. El fallo ratifica una sentencia previa del Juzgado de Primera Instancia nº1 de Madrid que dio la razón a las sobrinas de la fallecida, al considerar probado que su tía no tenía capacidad legal para redactar el documento.
El conflicto gira en torno a Joaquina, una mujer diagnosticada en 2012 con una enfermedad neurodegenerativa que afectaba severamente sus facultades cognitivas. A raíz del empeoramiento de su estado, su propio hermano solicitó judicialmente su incapacitación. En mayo de 2014, tras un informe médico-forense, el juzgado concluyó que no podía tomar decisiones válidas ni sobre su persona ni sobre su patrimonio, y la incapacitación fue formalizada poco después, el 4 de junio.
Lo controvertido del caso reside en que, apenas semanas antes de ser declarada judicialmente incapaz, el 11 de mayo de 2014, Joaquina había redactado de puño y letra un testamento en el que expresaba temor hacia sus familiares cercanos y dejaba todos sus bienes a tres organizaciones benéficas: Cruz Roja Española, Médicos Sin Fronteras y Cáritas Madrid.
Tras su fallecimiento en febrero de 2019, sus sobrinas —Fátima y Alicia— fueron reconocidas como herederas legales bajo la declaración de herederos abintestato, dado que no se había validado ningún testamento. Sin embargo, en enero de 2020, Cruz Roja presentó una demanda para que se reconociera como válido el testamento ológrafo firmado por Joaquina, lo que abría la puerta a anular las inscripciones de herencia hechas por las sobrinas.
Estas, por su parte, defendieron su derecho sucesorio señalando la falta de capacidad mental de su tía en el momento de la supuesta redacción del testamento. Aportaron como pruebas informes clínicos y la sentencia judicial de incapacidad dictada tan solo días después del documento.
El juzgado madrileño que conoció inicialmente del asunto dio por buena esa línea de defensa en 2023 y rechazó las pretensiones de Cruz Roja. La organización recurrió, pero la Audiencia Provincial confirmó íntegramente la sentencia, descartando cualquier posible validez del testamento. La decisión también conlleva que la entidad benéfica pague las costas del proceso.
Solo una apelación ante el Tribunal Supremo podría reabrir el caso. Si en los próximos 20 días no se presenta recurso, la resolución adquirirá firmeza, poniendo punto final a un largo y tenso litigio familiar y sucesorio.