La maquinaria del relato oficial sobre las vacunas contra el covid comienza a resquebrajarse. Una sentencia judicial ha confirmado lo que durante años se ha intentado silenciar: los efectos adversos existen y no son un simple «efecto secundario» menor. El Juzgado de lo Social nº 31 de Barcelona ha dictaminado que las trombosis sufridas por Pedro García, profesor de Física y Química en un instituto público, fueron provocadas por la vacuna de AstraZeneca y, por tanto, deben ser consideradas un accidente laboral.
Un mazazo para el Estado y las autonomías, que durante años han negado cualquier responsabilidad por los daños provocados por su campaña de vacunación masiva. Ahora, la Administración se ve obligada a reconocer la contingencia laboral en un caso que abre la puerta a decenas —sino cientos— de futuras reclamaciones.
Pedro García sufrió dos trombosis tras vacunarse en marzo de 2021. Durante más de un año, libró una batalla personal contra el silencio institucional, hasta que finalmente, el pasado 21 de marzo, la Justicia le dio la razón. La sentencia declara que su incapacidad temporal se deriva de un accidente de trabajo y responsabiliza a la mutua Asepeyo del abono de las prestaciones, sin perjuicio de las obligaciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
«Es una sentencia innovadora desde el punto de vista jurídico. Por fin se hace justicia», afirma Francesc Feliu, abogado del profesor. Feliu ha presentado ya otras 20 demandas por casos similares, y advierte: «Bomberos, policías, médicos, enfermeros, militares, veterinarios… todos los trabajadores esenciales que sufrieron efectos tras la vacuna pueden reclamar. Lo importante es demostrar el nexo de causalidad, tanto médico como cronológico».
Los criterios para poder demandar son claros: que los síntomas aparecieran en los 40 días siguientes a la inyección; que los efectos estén recogidos en los documentos del Ministerio de Sanidad; que no existan patologías previas; y que haya una conexión directa entre la vacuna y el daño sufrido.
La diferencia entre que se reconozca como accidente laboral o no es abismal. En caso de contingencia laboral, el trabajador cobra el 75% desde el día siguiente, con medicamentos gratuitos, asistencia médica completa y cotización mantenida. Si no se reconoce como tal, la baja común implica pérdida de derechos, menores ingresos y ausencia de compensaciones por secuelas.
La Asociación de Trabajadores Esenciales Afectados por la Vacuna AstraZeneca (Ateava) denuncia lo evidente: que todo esto fue «fruto de la premura» y de la improvisación. Hoy, más de 130 personas afectadas siguen padeciendo secuelas: parálisis, migrañas, miocarditis, pérdidas de fuerza, dolores agudos… todo después de vacunarse obedeciendo al Estado.