«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
VOX ha solicitado la anulación de esa instrucción

Los consulados ya admiten «expedientes incompletos» para agilizar el derecho a voto de nietos de exiliados y alterar el censo electoral

Pedro Sánchez. Europa Press

Los consulados ya admiten expedientes incompletos de solicitud de la nacionalidad española al amparo de la conocida como Ley de Nietos, una práctica que permitió a miles de descendientes de emigrantes conservar su opción de acceder a la ciudadanía aunque no hubieran reunido toda la documentación exigida antes de que expirara el plazo previsto por la Ley de Memoria Democrática.

Uno de los ejemplos más representativos se produjo en el Consulado General de España en Caracas. En una comunicación difundida en agosto de 2025, apenas dos meses antes del cierre del procedimiento, la representación diplomática anunció que aceptaría solicitudes sin toda la documentación requerida. Los interesados podrían completar posteriormente los documentos pendientes cuando el expediente fuese revisado, un trámite cuya resolución se estimaba en aproximadamente un año y medio.

Una medida similar fue reconocida también por el cónsul general de España en Buenos Aires, José María Ridao, quien explicó durante un encuentro informativo que la oficina consular había comenzado a registrar solicitudes incompletas. Según indicó, esta fórmula suponía un trabajo administrativo adicional para requerir posteriormente la documentación faltante, pero evitaba que numerosos descendientes perdieran la posibilidad de optar a la nacionalidad por no haber conseguido determinados certificados dentro del plazo establecido.

La ampliación práctica del procedimiento se enmarca en la aplicación de la Ley de Memoria Democrática aprobada en 2022, aunque el origen de la controversia se sitúa en la instrucción posterior que desarrolló esa norma. Dicho documento, firmado por Sofía Puente cuando ocupaba la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia, interpretó el alcance de la ley de forma que, según sus críticos, extendía el acceso a la nacionalidad mucho más allá de los descendientes de exiliados de la Guerra Civil y del franquismo.

Como consecuencia de esa interpretación, la posibilidad de obtener la nacionalidad se habría abierto también a descendientes de emigrantes españoles que abandonaron el país por motivos distintos al exilio político e, incluso, a familias cuya emigración se remonta al siglo XIX. De acuerdo con los datos oficiales más recientes, el procedimiento ha acumulado alrededor de 2,6 millones de solicitudes y ya se han resuelto favorablemente más de 557.000 expedientes.

El impacto de este proceso ha trasladado el debate al terreno político y electoral. Diversas voces sostienen que el incremento del número de nuevos nacionales podría modificar el censo de residentes en el extranjero. De hecho, cuatro vocales de la Junta Electoral advirtieron de un posible aumento irregular del censo al considerar que la interpretación realizada por el Ministerio de Justicia habría ampliado el colectivo de beneficiarios respecto a lo previsto inicialmente por la propia ley.

Mientras la norma hace referencia a los descendientes de españoles que abandonaron el país por razones políticas, ideológicas o vinculadas a la persecución sufrida durante determinados periodos históricos, los críticos sostienen que la instrucción administrativa incorporó también supuestos relacionados con emigraciones por causas económicas, laborales, familiares, académicas u otros motivos. VOX ha solicitado la anulación de esa instrucción al entender que excede el contenido aprobado por las Cortes.

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