El nuevo anteproyecto de Ley Orgánica Reguladora del Derecho de Rectificación, aprobado por el Consejo de Ministros, ha generado controversia entre destacados jueces y expertos en Derecho Constitucional. La medida, que busca regular los contenidos publicados por usuarios con más de 100.000 seguidores en redes sociales, podría vulnerar varios artículos de la Constitución, según los analistas consultados por OkDiario.
Entre los puntos más cuestionados se encuentra el derecho a la libertad de expresión y de prensa recogido en el artículo 20 de la Constitución. Los expertos advierten sobre un posible “efecto desaliento” que incentivaría la autocensura por temor a sanciones. «Solo la existencia de esta ley podría inhibir la libre expresión de opiniones, lo que resulta incompatible con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional», explicó un jurista.
También se señala un posible impacto negativo en el derecho a la participación política, protegido en el artículo 9.2 de la Carta Magna. Según este principio, los poderes públicos deben garantizar la igualdad y la libertad real de los ciudadanos en su participación política. Sin embargo, forzar la rectificación de ciertos contenidos según el número de seguidores podría restringir la capacidad de influir en la vida pública, afectando especialmente a quienes tienen mayor alcance en redes sociales.
Otro de los pilares cuestionados es el principio de seguridad jurídica, consagrado en el artículo 9.3. Los juristas han subrayado la falta de claridad del anteproyecto al definir conceptos como «bulo» o «noticia falsa», dejando abierta la interpretación a criterios subjetivos. Esto, aseguran, podría dar lugar a arbitrariedades. «¿Quién decide qué es verdad o mentira?», cuestionan los expertos, recordando que incluso gobiernos han difundido información errónea en el pasado.
Además, el principio de igualdad entre ciudadanos, recogido en el artículo 14, también estaría en entredicho. La propuesta establece un umbral de 100.000 seguidores para aplicar las restricciones, lo que crea desigualdades jurídicas entre usuarios. «No hay ninguna justificación constitucional para discriminar según el número de seguidores», afirmó un experto, apuntando que un usuario con 99.999 seguidores no se vería afectado por la norma, mientras que otro con uno más sí.
El contexto europeo también pone en duda la medida. El Reglamento Europeo de Medios Digitales ya contempla mecanismos para moderar contenidos en redes sociales, y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos exige que cualquier limitación de derechos fundamentales sea avalada por una autoridad judicial, no por decisiones del poder ejecutivo.
Finalmente, la aprobación de este anteproyecto requeriría mayoría absoluta en el Congreso, al tratarse de una ley orgánica. Esto implicaría que el Gobierno necesitaría el respaldo de aliados parlamentarios como ERC, Bildu o Junts para alcanzar los 176 votos necesarios. Fuentes judiciales advierten que esta iniciativa podría interpretarse como un avance hacia prácticas de censura, lo que contradice el sistema democrático y la separación de poderes.