
El Gobierno de Sánchez ha abierto una vía excepcional de acceso al Sistema Nacional de Salud para españoles de origen que residen en el extranjero, un colectivo en el que también pueden encuadrarse quienes adquirieron la nacionalidad mediante la conocida como ley de nietos. El nuevo régimen permite solicitar asistencia sanitaria pública durante estancias temporales en España aunque el beneficiario nunca haya residido ni cotizado en el país, siempre que carezca de cobertura sanitaria por otra vía.
La modificación está recogida en el Real Decreto 180/2026, publicado en el BOE el pasado 12 de marzo. Aunque el grueso de la norma avanzada por The Objective aborda la asistencia sanitaria de extranjeros sin residencia legal, una de sus disposiciones modifica el artículo 26 del Real Decreto 8/2008 y extiende a españoles de origen que no son trabajadores ni pensionistas una cobertura que anteriormente estaba más restringida.
La conexión con la denominada ley de nietos se produce a través de la consideración jurídica de sus beneficiarios. La instrucción dictada por Justicia en 2022 establece que quienes obtienen la nacionalidad mediante la Ley de Memoria Democrática adquieren la condición de españoles de origen. Por tanto, pueden quedar incluidos en el colectivo al que ahora se reconoce asistencia sanitaria durante desplazamientos temporales a España si cumplen el resto de requisitos.
El derecho no es ilimitado. El reconocimiento corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y el interesado debe demostrar, entre otros extremos, su identidad, su condición de español de origen y su inscripción como residente en el extranjero. Tampoco puede disponer ya de cobertura a través de la Seguridad Social española, de la normativa europea o de un convenio internacional aplicable.
Una vez concedido, el acceso a la sanidad pública puede mantenerse inicialmente durante tres meses y renovarse una vez, con un máximo de seis meses dentro de un periodo de un año. La excepción alcanza además al cónyuge o pareja de hecho que acompañe al beneficiario y a determinados descendientes a su cargo, incluidos los menores de 26 años y los mayores que tengan reconocida una discapacidad de al menos el 65%.
Uno de los aspectos más relevantes de la reforma es que el real decreto no incorpora expresamente la cláusula contra el denominado turismo sanitario que sí aparece en el Proyecto de Ley de Universalidad del Sistema Nacional de Salud. Ese proyecto establece que recibir asistencia con cargo a fondos públicos no puede constituir el motivo del desplazamiento a España, pero continúa en tramitación parlamentaria y esa previsión todavía no produce efectos jurídicos.
La norma actualmente vigente tampoco establece que la enfermedad deba haberse originado después de llegar a España. Esto no implica que cualquier persona pueda exigir una intervención o tratamiento determinado, puesto que siguen siendo necesarias la valoración facultativa y la aplicación de los criterios clínicos correspondientes. Sin embargo, abre la posibilidad de que un español de origen residente fuera del país y con una patología previa solicite el reconocimiento del INSS durante una estancia temporal si reúne las condiciones exigidas.
El potencial número de personas afectadas ha aumentado considerablemente como consecuencia de la Ley de Memoria Democrática. Según los datos oficiales de Exteriores citados por The Objective, hasta el 31 de mayo de 2026 se habían presentado personalmente 1.225.188 solicitudes de nacionalidad, de las cuales 571.761 habían sido aprobadas y 333.696 habían culminado ya con la correspondiente inscripción.
La ampliación se produce además con el Sistema Nacional de Salud sometido a una elevada presión asistencial. Al término de 2025 había 853.509 pacientes esperando una intervención quirúrgica, según las cifras del Ministerio de Sanidad recogidas en la información. La demora media alcanzaba los 121 días y 184.715 personas acumulaban más de seis meses en lista de espera.
Por el momento, el Ejecutivo no ha hecho pública una estimación sobre cuántos residentes en el extranjero utilizarán esta nueva posibilidad ni cuál será su coste para las arcas públicas. Tampoco existe una evaluación conocida sobre su posible repercusión en la presión asistencial. Mientras el proyecto de ley que introduce restricciones continúa su recorrido parlamentario, el régimen actualmente aplicable permite hasta seis meses anuales de cobertura a quienes cumplan las condiciones establecidas, incluidos potencialmente los nuevos españoles de origen acogidos a la «ley de nietos».