«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
TENDRÁ QUE INDEMNIZAR AL PADRE CON 120.000 EUROS

Prisión permanente revisable para la mujer que mató a su recién nacida en Almería y la enterró en un cortijo

Audiencia Provincial de Almería. Europa Press.
Audiencia Provincial de Almería. Europa Press.

La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a prisión permanente revisable a Hadifa C. después de que un tribunal de jurado la declarase culpable de haber matado a su recién nacida instantes después de su alumbramiento en el cortijo en el que vivía en Vícar (Almería) para, posteriormente, enterrar su cuerpo con una azada que pidió prestada a una vecina a las puertas de la casa, donde además puso un bidón y plantó un sarmiento.

El fallo condena a la mujer, quien se encuentra en libertad por esta causa, por un delito de asesinato y le impone además una medida de libertad vigilada por un periodo de diez años toda vez que le obliga a indemnizar al padre de la menor con 120.000 euros por los daños morales ocasionados, según indica la sentencia.

El magistrado Jesús Miguel Hernández Columna estima la procedencia de imponer a la acusada la pena de prisión permanente revisable tanto a petición de la Fiscalía como de la acusación particular, ejercida por el letrado Manuel Blázquez, ante la alevosía apreciada por el jurado debido no solo a su cortísima edad de la recién nacida sino también a que no tenía la posibilidad de defenderse.

Así, y conforme al veredicto de culpabilidad emitido por el jurado popular el pasado 13 de noviembre, se da por probado que la mujer de 43 años dio a luz a una niña en su vivienda de Vícar el 7 de marzo de 2020 que nació viva después de ocho o nueve meses de gestación.

Se estima que la acusada aprovechó que la bebé no podía defenderse por su condición de recién nacida, de modo que el mismo día de su nacimiento, la neonata murió debido a su asfixia por estrangulación. El jurado apreció por una mayoría de votos, en base a las pruebas practicadas, que fue la mujer quien agarró con sus manos a la bebé por el cuello «con la clara intención de acabar con su vida» sin que estuviera acompañada de nadie más.

Fue la propia acusada quien reconoció en su declaración haber dado a luz en su vivienda, aunque en su versión aseguró que había estado asistida por una vecina, lo cual no pudo ser demostrado. Los agentes que inspeccionaron la casa indicaron que había material orgánico de la mujer y de la bebé en distintos puntos del mobiliario entre el baño y el dormitorio.

Con ello, se atendió además el informe de los forenses, quienes especificaron en base a su pericial que la bebé nació con vida y a término, toda vez que en sus pulmones había signos evidentes de haber respirado. Las mismas forenses apreciaron signos de haber ejercido presión en el cuello de la bebé, con marcas de dedos y uñas, así como otras lesiones, todas ellas incompatibles con un estrangulamiento con un cordón umbilical, por lo que se descartó que pudiera haberse producido un accidente.

La mujer enterró el cuerpo del bebé junto a la puerta de su vivienda, debajo de un gran bidón, sin comunicarlo en ningún momento ni a sanitarios ni a autoridades policiales, mientras que la placenta fue encontrada posteriormente dentro de una bolsa arrojada a una balsa de riego próxima a la vivienda que hacía las veces de vertedero.

La declaración de la vecina que encontró la placenta unida a la vestimenta de la acusada se une como prueba para el jurado a la versión ofrecida por el agente de la Guardia Civil que exhumó el cuerpo de la menor tras retirar los bidones azules que se habían puesto sobre la zona del entierro. El ADN hallado en la azada que la mujer pidió prestada a una vecina también se tuvo en cuenta para determinar que la herramienta fue empleada para ejecutar el enterramiento.

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