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IMPULSADA POR EL MINISTERIO DE IGUALDAD

Rebajan la condena a cinco delincuentes sexuales en Galicia en aplicación de la ley del «sólo sí es sí»

La ministra de Igualdad, Irene Montero. Europa Press

Las audiencias provinciales de Galicia se han pronunciado sobre un total de ocho solicitudes de revisión de condenas por delitos sexuales gracias a la ley del «sólo sí es sí». Según se ha informado este miércoles, en cinco casos, cuatro en Vigo y uno en Ourense, se han reducido las penas a los condenados.

La sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha acordado rebajar las penas de cuatro condenados por delitos sexuales. Y ha destacado que el artículo 2 del segundo apartado del Código Penal «establece que tendrán efecto retroactivo las leyes penales que favorezcan al reo», tal y como ha asegurado que sucede en los cuatro procedimientos que ha revisado.

En uno de ellos, se ha rebajado de 11 a diez años de cárcel la condena impuesta al autor de un delito continuado de abuso sexual con penetración, pues afirma que «la pena prevista era de ocho a 12 años de prisión y, en la actualidad, es de seis a 12 años». Tal y como han señalado los magistrados, lo mismo sucede en otra de las condenas revisadas por este tribunal de la Audiencia Provincial de Pontevedra. En ella, el condenado a diez años de prisión por un delito continuado de abuso sexual con penetración ha visto como su pena se ha reducido en un año. Además, los magistrados han rebajado de 11 años de cárcel a diez años y medio de prisión la pena impuesta a un condenado por un delito continuado de abusos sexuales con acceso carnal sobre una menor de 16 años.

En un cuarto auto, los jueces han acordado revisar la pena a un condenado a ocho años de cárcel por un delito de abuso sexual con acceso carnal sobre una menor de 16 años. La pena prevista, según han asegurado en la resolución, era de ocho a 12 años de prisión. «Actualmente, y de acuerdo con la Ley 10/22, la pena aplicable es de seis a 12 años de prisión», ha señalado la sala en el auto, en el que ha modificado la pena de prisión impuesta por la de seis años.

Asimismo, la sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense también ha accedido a la revisión de la condena de seis años de prisión impuesta al autor de un delito de agresión sexual y la ha fijado en cuatro años de prisión, produciéndose una reducción en la pena de dos años.

Desde la entrada en vigor de la ley, las audiencias provinciales gallegas han revisado y emitido 23 autos referidos a condenas. De ellos, 16 han supuesto una rebaja de la condena de los delincuentes.

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