La cruz de Dueñas no tendrá que ser derribada en aplicación de la Ley de Memoria Histórica. Así lo indica el auto del juzgado de lo contencioso administrativo 1 de Palencia, conocido hoy, que suspende cautelarmente la decisión aprobada por la corporación en noviembre, a instancias de la Asociación de Abogados Cristianos.
Lo relevante de la decisión judicial es que apunta una vía alternativa a la retirada de las cruces instaladas en muchos municipios de España en homenaje a los caídos, al final de la Guerra Civil, porque existe la posibilidad de resignificarlas eliminando las placas con las menciones expresas al respecto, despojándolas de su significación política para mantener únicamente la religiosa. En la actualidad más de un centenar largo de cruces se han visto afectadas en España por la legislación de memoria histórica: unas han sido destruidas o retiradas, y muchas más se encuentran amenazadas de seguir igual destino.
IU, PSOE y PP
En el caso de Dueñas se da, además, la circunstancia especial de que la moción para la destrucción de la Cruz salió adelante con sólo un voto de la corporación local, el del concejal proponente de IU-Podemos, gracias a las seis abstenciones del PSOE y a las tres del PP.
El magistrado de lo contencioso de Palencia considera que la cruz «objetivamente apreciada, únicamente puede imbricarse con un sentimiento religioso que, desde luego, no puede considerarse patrimonio único de los denominados caídos». Sentimiento religioso protegido en el artículo 16 de la Constitución Española, como recuerda el auto.
En este caso concreto, además, se trata de un conjunto de dos esculturas (la Cruz y un Sagrado Corazón) que «per se nada tiene que ver con las creencias religiosas de quienes, en la confrontación beligerante, incluso en contra de su propia decisión, cayeron luchando en el llamado bando nacional porque, a buen seguro también murieron creyentes que combatían en el bando republicano«.
El magistrado remarca que «asimilar política a religión hoy no tiene cabida alguna». Y aunque subraya que la conflagración fue «tan cainita como detestable», como la historia posteriormente ha puesto en evidencia, «no puede haber objeción alguna a la permanencia de la Cruz y el Sagrado Corazón en su peana, puesto que toda creencia religiosa es personal e intransferible».
Cuestión diferente es que deba eliminarse el listado de caídos que figura en la peana, y que encabeza José Antonio Primo de Rivera, tal y como, por otra parte, acepta la asociación demandante. «Por tanto, pudiendo eliminarse el listado de los caídos (…) ninguna objeción, desde la perspectiva del artículo 16.3 de la Constitución, puede haber para que un conjunto escultórico constituido por la Cruz y el Sagrado Corazón se mantenga en la Plaza de la Paz». Máxime cuando el conjunto se encuentra situado en un lateral de la Iglesia Parroquial de Nuestra Señora de la Asunción, tal y como resalta el magistrado.