La eurodiputada de VOX, Margarita de la Pisa, ha presentado este jueves una resolución alternativa en favor de la vida en el Parlamento Europeo con el fin de neutralizar el enésimo texto proabortista de la izquierda. Lo ha hecho en nombre del Grupo de los Conservadores y Reformistas Europeos (ECR), al que pertenece VOX, en el contexto del debate sobre la reciente sentencia de la Corte Suprema de Estados Unidos que anula la sentencia Roe vs. Wade y dictamina que esta práctica no es un derecho constitucional.
La resolución constituye un hito provida en el Parlamento Europeo al tratarse del primer texto en décadas que une la defensa de la vida humana desde su concepción en el vientre materno y la defensa de la soberanía de los Estados miembros de la UE en materia de salud y asistencia sanitaria.
La propuesta de resolución recuerda que el artículo 3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) señala que «toda persona tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad» y que el preámbulo de la Declaración de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño establece que «el niño (…) necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento».
Así, asevera que el artículo 2 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea consagra el derecho de todos a la vida y que el nasciturus (niño no nacido) goza de una protección jurídica específica.
En este sentido, la propuesta de resolución de VOX denuncia que la UE, con sus debates y resoluciones, sobre este tema, «se extralimita en sus competencias cuando interfiere en las decisiones de los órganos judiciales», ya sean de terceros países como de los propios Estados miembros, lo cual constituye «una injerencia grave e injustificable en su soberanía».
Asimismo, el texto agrega que «la vida humana tiene un valor infinito y debe considerarse preciosa», defiende el derecho a la objeción de conciencia del personal sanitario y recuerda que el acceso al aborto «no está reconocido como derecho humano» en virtud del Derecho internacional, la DUDH, los Tratados pertinentes o la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.