«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
«El acceso no debe necesariamente limitarse a la lucha contra los delitos graves»

El TJUE dictamina que la Policía puede acceder a los datos de los teléfonos móviles en el caso de delitos menores

Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Europa Press

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que la Policía puede acceder a los datos de los teléfonos móviles en relación con delitos menores y graves. La sentencia, publicada el viernes 4 de octubre, establece que, aunque el acceso de la Policía a los datos personales almacenados en un teléfono móvil «puede constituir una injerencia grave, o incluso especialmente grave, en los derechos fundamentales» del propietario del teléfono, el acceso «no debe necesariamente» limitarse «a la lucha contra los delitos graves».

La sentencia continúa diciendo que la Policía, excepto en casos urgentes, sólo debe poder recopilar la información almacenada en un teléfono móvil una vez que reciba autorización de un tribunal o una autoridad independiente, y el propietario del teléfono debe ser informado de los motivos de la investigación.

La sentencia se basa en un caso ocurrido en Austria. La policía austriaca confiscó el teléfono móvil del destinatario de un paquete que contenía 85 gramos de cannabis. Los agentes intentaron recabar datos del teléfono, pero no contaban con autorización de la fiscalía ni de un tribunal y no informó al sospechoso. Esta persona impugnó la incautación de su teléfono ante un tribunal austriaco y sólo durante ese procedimiento se enteró de los intentos de desbloquear su teléfono.

El tribunal austriaco solicitó al TJUE que determinase si las actuaciones de la Policía eran compatibles con el Derecho de la UE. Y observó que el delito mencionado constituye únicamente un delito menor, que se castiga con una pena máxima de un año de prisión.

El TJUE destacó que «el acceso a todos los datos contenidos en un teléfono móvil puede constituir una injerencia grave, o incluso especialmente grave, en los derechos fundamentales del interesado», sin embargo, «considerar que sólo la lucha contra la delincuencia grave» podría justificar el acceso a los datos «limitaría indebidamente los poderes de investigación de las autoridades competentes«.

El Tribunal Europeo concluye afirmando que los parlamentos nacionales y los tribunales nacionales deben «lograr un equilibrio justo» entre, por una parte, las «necesidades de la investigación en el contexto de la lucha contra la delincuencia» y, por otra, «los derechos fundamentales a la vida privada y a la protección de los datos personales».

La sentencia del TJUE podría tener consecuencias de gran alcance y animar a las autoridades nacionales de los Estados miembros de la UE a acceder a la información personal de sus ciudadanos.

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