«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
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Este artículo se publicó en La Gaceta antes de convertirse en La Gaceta de la Iberosfera, no siendo entonces propiedad de Fundación Disenso.

La abdicación de S.M. El Rey

Parafraseando a Leslie Nielsen en «Aterriza como puedas», elegí un mal día para empezar a escribir este blog. Sólo llevaba una entrada y hoy iba a ser el día de estreno oficial. Yo pensaba redactar algo sobre las consecuencias jurídicas para ciertos altos cargos, magistrados y personajes públicos de las infracciones que muchos otros también cometen como dar positivo en un control de alcoholemia. Pues bien, cuando yo me las prometía más felices con mis brillantes reflexiones -permítanme la ironía- los acontecimientos se precipitan, el Presidente del Gobienro convoca a los medios, S.M. El Rey emite un mensaje grabado y cuando uno se quiere dar cuenta ha abdicado la Corona. Así que aquí me ven a mí, modesto abogado y profesor de Derecho, teniendo que improvisar unas pocas líneas que merezcan su lectura benevolente. Viando tanta osadía a la hora de hablar de la Constitución, comprenderán que uno se tiente un poco la toga antes de decir nada. Quizás esto sea lo mejor que podemos hacer: esperar. Se trata de una situación inédita en el marco constitucional del 78 y a medida que voy estudiando el asunto más enjundia le veo. Por lo pronto, será necesaria la colaboración de los dos grandes partidos naturales de Gobierno -al menos por ahora- en España: el PP y el PSOE la hora de aprobar una Ley Orgánica que cumpla lo dipuesto en el artículo 57 de la Constitución:»las abdicaciones y renuncias y cualquier otra duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión de la Corona se resolverán por una ley orgánica» . Confiemos en que sepan estar a la altura de la Historia. Esto tal vez podría abrir la puerta a otras colaboraciones que tan positivas serían para España. He leído varias opiniones quizás precipitadas a propósito del fin de la inviolabilidad del Rey. Tengo que estudiarlo pero el jurista que hay en mí se  sorprende de que la inviolabilidad no extienda sus efectos -por los actos realizados vigente la Jefatura del Estado- una vez el Rey ha abdicado la Corona. La inviolabilidad no es una causa de suspensión de la responsabilidad. Sé que hay otras opiniones y tal vez estén muy bien fundadas en Derecho pero creo que, en esto, una sana prudencia no viene mal. 

Ya ven que hay bastante confusión y es preciso mucho estudio. A menudo el ritmo del Derecho es más lento que el de los medios. 

Y mejor que sea así, ¿no les parece?

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