Con sólo un voto en contra y 6 abstenciones, el Senado argentino convirtió en Ley el proyecto de inclusión laboral para la población trans, travesti y transgĆ©nero, que garantiza que un mĆnimo de los cargos de personal en el Estado debe ser ocupado por integrantes de esa comunidad.
āEs la continuación de los avances que hemos hecho con el decreto 721/2020 del Cupo Laboral Travesti Trans en el Sector PĆŗblico Nacionalā,Ā celebró en sus redes socialesĀ el presidente Alberto FernĆ”ndezĀ poco despuĆ©s de conocerse la sanción.
āEs el resultado de la lucha de un colectivo históricamente vulnerado. Era hora de que el Estado escuchara y atendiera su reclamo. Hoy somos un paĆs mĆ”s justo e igualitario que reconoce y celebra su diversidadā, resaltó entusiasta el primer mandatario.
Por su parte, la vicepresidenta Cristina Kirchner, tambiĆ©n se expresó al finalizar el debate en el recinto de sesiones: āHoy el Senado convirtió en ley el cupo laboral travesti trans. Esta ley es el resultado de una lucha muy larga y todavĆa queda mucho por avanzar. Siempre por mĆ”s derechos y mĆ”s igualdadā.
De esta manera, la cĆ”mara alta aprobó la Ley de Promoción del Acceso al Empleo Formal para Personas Travestis, Transexuales y TransgĆ©nero con 55 votos a favor, uno en contra y seis abstenciones.Ā La nueva lleva el nombre āDiana SacayĆ”n-Lohana Berkinsā, dos de las principales activistas del movimiento de derechos humanos y de la lucha por el reconocimiento y la inclusión social del colectivo trans en Argentina y en la región.
SegĆŗn los considerandos de la nueva legislación, se estableceĀ el cupo laboral mĆnimo de personas travestis, transexuales y transgĆ©nero de al menos el 1% del personal de la administración pĆŗblica. Ese mĆnimo corre para los cargos en organismos de los tres poderes del Estado, entes pĆŗblicos no estatales, organismos descentralizados o autĆ”rquicos y empresas y sociedades del Estado, en todas las modalidades de contratación regular vigentes.
La iniciativa establece ademĆ”s: āA los efectos de garantizar la igualdad real de oportunidades, el requisito de terminalidad educativa no puede resultar un obstĆ”culo para el ingreso y permanencia en el empleoā. Tampoco los antecedentes penales āque resulten irrelevantesā podrĆ”n ser un impedimento para el acceso de los postulantes al empleo.Ā TambiĆ©n determina que se entiende por āpersonas travestis, transexuales y transgĆ©nero a todas aquellas que se autoperciben con una identidad de gĆ©nero que no se corresponde con el sexo asignado al nacerā.
āLos organismos comprendidos en la presente ley deben promover acciones tendientes a la sensibilización con perspectiva de gĆ©nero y de diversidad sexual en los Ć”mbitos laborales, con el fin de una efectiva integración de las personas travestis, transexuales y transgĆ©nero en los puestos de trabajoā, especifica otro de los puntos de la norma aprobada.Ā
āGarantizar los derechos de travestis y trans es una prioridad del gobierno nacional y por eso, desde septiembre de 2020 lo implementamos por Decreto en la Administración PĆŗblica Nacional, convencidos de que se trata de una medida fundamental para profundizar el camino hacia la igualdad iniciado por la Ley de Identidad de gĆ©nero en nuestro paĆsā,Ā celebró la ministra de las Mujeres, GĆ©neros y Diversidad de la Nación, Elizabeth Gómez Alcorta.
Ā«Estamos construyendo un futuro de amor, igualdad y libertad para las infancias trans de todo el paĆsā, seƱaló la diputada del Frente de Todos, Gabriela EstĆ©vez, autora del proyecto impulsado por la CampaƱa.
Desde la oposición se expresó la Senadora del PRO, Gladys GonzÔlez: «Tenemos que hacernos cargo y reparar lo que hicimos mal como sociedad y como Estado. Tal vez algunos piensen que no es el momento de sancionar esta ley, pero ¿ cuÔndo fue el momento? ¿CuÔnta mÔs violencia y sufrimiento tienen que atravesar las personas travestis y trans?».
Por su parte, la senadora Lucila Crexell, recordó que la mayor parte de las personas travestis y trans «vive en condiciones de extrema pobreza, condiciones de miseria, con un acceso muy precario al ejercicio de sus derechos», y remarcó que «el 88 por ciento nunca accedió al mercado formal de trabajo».
Para el Ć”mbito privado, la nueva ley determina queĀ las empresas que contraten personas travestis, transexuales y transgĆ©nero tendrĆ”n prioridad en las compras del Estado, ademĆ”s de beneficios fiscales. La norma contempla que las ācontribuciones patronales que se generan por la contratación de las personas beneficiarias de la presente ley podrĆ”n tomarse como pago a cuenta de impuestos nacionalesā y ese beneficio se extiende a un aƱo y a dos en el caso de las pequeƱas empresas. La legislaciónĀ dispone, ademĆ”s, que el Banco Nación tendrĆ” lĆneas de crĆ©dito con tasa preferencial para el financiamiento de emprendimientos productivos, comerciales y/o de servicios, individuales o asociativos, destinados especĆficamente a este colectivo.
El Ćŗnico voto en contra de la ley, fue del senador opositor del PRO, Ernesto MartĆnez, quien tiene como antecedente haber votado hace casi cinco aƱos en contra de la paridad de gĆ©nero en las listas electorales. El suyo y el del exsenador Federico Pinedo fueron los Ćŗnicos votos en contra a esa norma.