A partir de 2025, los cambios en las reglas de jubilación en España traerán consigo nuevas exigencias y ajustes más estrictos para los futuros pensionistas, en un contexto en el que las pensiones se incrementarán de acuerdo al IPC, en torno al 3%. Para sostener el creciente gasto en prestaciones, los trabajadores y las empresas deberán afrontar un aumento en las cotizaciones, impulsado por el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) y la ampliación de las bases máximas de cotización, afectando a los salarios superiores a 59.000 euros anuales. Además, quienes superen este umbral salarial deberán pagar una «cuota de solidaridad» destinada a financiar el sistema de pensiones.
Los requisitos para acceder al retiro completo con el 100% de la pensión también se endurecerán. A partir del próximo año, quienes deseen jubilarse con la prestación íntegra deberán haber cumplido 66 años y ocho meses. Esta edad mínima ha ido incrementándose desde 2019 y alcanzará los 67 años en 2027. Para aquellos con una larga trayectoria laboral, sigue vigente la posibilidad de retirarse a los 65 años, siempre y cuando hayan cotizado un mínimo de 38 años y tres meses, un periodo que también aumentará progresivamente hasta los 38 años y seis meses en 2027.
En cuanto a la jubilación anticipada voluntaria, las condiciones también serán más restrictivas. En 2025, los trabajadores con menos de 38 años cotizados podrán optar a retirarse a partir de los 64 años y ocho meses, mientras que quienes superen ese periodo podrán hacerlo desde los 63 años. Para casos de jubilación anticipada por despido, el retiro será posible a partir de los 62 años y ocho meses si se tienen menos de 38 años cotizados, o desde los 61 años si se cumplen los requisitos de cotización más prolongados.
Una de las reformas clave iniciadas en 2022 busca aproximar la edad legal de jubilación a la edad real. Entre las medidas más significativas está la aplicación de coeficientes penalizadores por meses, en lugar de trimestres, para las jubilaciones anticipadas. Por ejemplo, un trabajador con menos de 38 años y seis meses cotizados que decida retirarse exactamente 24 meses antes de su edad legal, verá su pensión reducida en un 21%. Sin embargo, si espera un mes más (23 meses de adelanto), el recorte será del 17,6%, y así sucesivamente, con penalizaciones que disminuyen gradualmente cuanto más cerca esté de la edad ordinaria de jubilación. En caso de anticipar el retiro solo un año, la penalización se reduce a un 5,5%.
Los coeficientes reductores también afectan a quienes se jubilan tras un despido. Dependiendo del tiempo de adelanto, las reducciones oscilan entre el 24% y el 30% con el máximo anticipo, bajando a entre el 18% y el 22,5% con tres años de adelanto, entre el 12% y el 15% con dos años, y entre el 4,75% y el 5,5% si el retiro es un año antes de la edad legal.
Este retraso generalizado en la edad de retiro ofrece una doble ventaja para el sistema: más ingresos para la Seguridad Social al mantener a los trabajadores en activo durante más tiempo y un retraso en el pago de las pensiones. Por ejemplo, un trabajador que se jubile a los 66 años y ocho meses habrá contribuido durante un año y ocho meses más al sistema, comparado con quienes se retiraban a los 65 años en 2012, maximizando los recursos del fondo común.