«Ser es defenderse», Ramiro de Maeztu
se publicará de manera mensual

Los alquileres firmados desde mayo de 2023 actualizarán su precio a partir de 2025 con el nuevo índice del INE

Edificios de Madrid vistos desde el aire. Europa Press

Los contratos de alquiler que vayan a actualizar su renta a partir de 2025 y que hayan sido firmados desde la entrada en vigor de la Ley de Vivienda, el 25 de mayo de 2023, deberán usar ya el nuevo índice creado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) para revisar su anualidad. De esta manera, el INE publicará a partir de este 2 de enero y de manera mensual el índice que se utilizará como límite para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda.

Dicho índice considera conjuntamente el IPC, la inflación subyacente y las diferencias entre las tasas de crecimiento anual tanto del IPC como de la inflación subyacente de cada mes, y un parámetro, definido a propuesta de la Dirección General de Política Económica, que guarda relación con el crecimiento esperado a largo plazo de dicho índice.

A estas diferencias se le aplicará un coeficiente moderador definido a propuesta conjunta de la Dirección General de Vivienda y Suelo del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y de la Dirección General de Política Económica del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, en consideración a las circunstancias del mercado del alquiler de vivienda.

De esta manera, con la publicación de este nuevo índice por parte del INE, el índice de referencia que se utilizará como límite para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda será el mínimo valor entre la tasa de variación anual del IPC, la tasa de variación anual de la inflación subyacente y la tasa de variación anual media ajustada, elaborada según lo previsto en la metodología aprobada.

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